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Silencio administrativo de la inss en cuanto al imv

1 Comentarios
 
07/05/2023 11:00
muevolomuevelo
Hola.
El silencio administrativo en las solicitudes del Ingreso Mínimo Vital es negativo.
Así lo establece el artículo 25, 2º del Real Decreto-Ley 20 /2020.
Te envío la norma:
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5493#:~:text=Real%20Decreto-ley%2020%2F2020%2C%20de%2029%20de%20mayo%2C%20por,el%20que%20se%20establece%20el%20ingreso%20m%C3%ADnimo%20vital.
Es muy claro.
No obstante la administración tiene la obligación de dictar la correspondiente resolución aunque haya transcurrido el tiempo del silencia administrativo.
Saludos
Silencio administrativo de la inss en cuanto al imv
03/05/2023 12:09
Conforme al artículo 24.1 de la la ley 39/2015 LPAC el silencio administrativo es positivo excepto cuando una norma en rango de ley establece lo contrario. Parece que no hay norma contraria y por eso (y según varias páginas web de abogados) el silencio es POSITIVO en cuanto a solicitudes del IMV frente al INSS.

Sin embargo hay también páginas (incluso de abogados, al parecer) donde dice que el silencio en cueato a solicitudes del IGM es NEGATIVO. Sin embargo esas últimas nunca citan una norma que establece la excepción.

Cual es correcto? Hay que entender que el silencio es positivo (tal como dice la LPAC) o existe sentencia o norma en rango de ley que establece la excepción (y cual es)?