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si un inquilino no recoge un burofax por reclamacion de alquiler, sirve igual que si lo hubiera recogido??

8 Comentarios
 
Si un inquilino no recoge un burofax por reclamacion de alquiler, sirve igual que si lo hubiera recogido??
13/01/2010 16:07
Buenas tardes, paso a comentar lo que me ha pasado con unos inquilinos aunque tambien tengo otros post con el mismo tema pero ahora hay algo mas y quisiera saber que puedo hacer.
llevan con la casa alquilada un año pero desde el primer momento ya tuve problemas con ellos a la hora de que me pagaran.
ahora me he decidido a poner el caso en manos de abogados y lo primero que han hecho es mandarle un burofax reclamandole las cantidades adeudadas. Dicho burofax se ha mandado a ls direccion de la casa arrendada pero no habia nadie en el domicilio o al menos no han querido abrir la puerta por el cual el burofax no ha sido entregado aunque en correos consta que no habia nadie en la direccion expecificada que es la misma que la cada arrendada, por lo cual no pueden decir que estan en paradero desconocido.
el burofax se envio hace casi un mes y ahora mi abogado dice que le mandará otro a ver si este lo recoje, cosa que dudo hagan pues pienso que ellos se imaginan de quien les viene el burofax y por eso se hacen los tontos y no abren la puerta al cartero.
le pido explicaciones a mi abogado y la verdad es que solo me dice que espere a ver si este otro burofax da sus frutos pero yo quisiera saber si tengo alguna posibilidad de hacer algo mas que no sea solo esperar.
si ya se le ha enviado un borofax al inquilino, lo haya recibido o no, ¿Es igual que si lo hubiera recibido aunque no conste que lo haya hecho? Tengo los mismos derechos? Pregunto esto porque tengo entendido que si en el plazo de dos meses no paga, (habiendo recibido) no puede enervar el desaucio, pero al no recibirlo ¿Esto sigue el mismo camino? Osea al tener el justidicante de haber mandado dicho burofax a la direccion y nombre del inquilino, la fecha me sirve para demostrar que se le ha reclamado el pago de lo que debe y puedo seguir con el procedimiento habitual en estos casos?
muchas gracias a quien me conteste y si tiene alguna duda por favor que me la diga y yo le contesto enseguida.
un saludo
14/01/2010 09:22
Hola,
el burofax sirve para que luego no tenga derecho el inquilino a enervar la acción de desahucio. Si desde que se envía el burofax hasta que se pone la demanda han transcurrido 30 días, entonces el inquilino no podrá enervar la acción de desahucio, independientemente de que no haya recogido el burofax, se le da por notificado . Te puedo llevar el desahucio si quieres.
Un saludo
www.abogadosgrande.es
14/01/2010 12:52
buenos dias, muchas gracias por tu pronta respuesta.
a ver te explico, el burofax se mandó el dia 17 de diciembre.
como ya estaba harta de que me pague cuando quiera y no se rija por el contrato, amen de haber dejado a pagar ciertas cantidades y una mensualidad, me puse en contacto con un abogado y el mismo fue quien se encargó de mandarlo con acuse de recibo, pero dice que correos tendria que haberle notificado que el inquilino lo habia recibido y no le han dicho nada aun y ya quedan 3 dias para cumplirse el mes.
desgraciadamente yo a este abogado no lo conozco en persona pues la casa alquilada esta a bastantes kms. de donde yo vivo y me puse en contacto con él por medio de la comunidad ya que lleva los asuntos de ella, y ahora me doy cuenta que no es una persona que le guste dar explicaciones sino que quiere le deje tranquilo y que todo siga su curso, cosa que yo como perjudicada y ademas siendo quien le paga quiero que me de toda la informacion posible. y aqui me tienes esperando a ver si me dice algo al respecto, por eso quiero informarme por mi cuenta, para si es el caso, decirle las pautas a seguir aunque yo no esté metida en leyes y es él quien debia informarse e informarme y no al reves.
lo que yo quiero saber es si por casualidad el inquilino dice que a él no le ha sido comunicado que tenia un burofax, echandole la culpa a correos por ejemplo que ya sabemos funciona mal, ¿puede decir que al no llegarle ningun aviso, él no puede saber nada del burofax y entonces lo que se ha hecho hasta ahora no sirva de nada?
lo digo porque mi inquilino parece tener mucha mano con gente del lugar y ....... en fin los favoritismos..... pueden hacer milagros.
por cierto dices que mepuedes llevar el desahucio pero es que estoy a 500 kms de madrid y lo veo un poco dificil pero de todas formas muchas gracias por tu ofrecimiento.
un saludo
16/01/2010 12:57
buenos dias, no hay nada nuevo que aportar pero queria que mi mensaje no se perdiera para ver si tengo suerte y con los datos dados alguien mas me puede informar de algo nuevo.
muchas gracias de antemano
18/01/2010 14:54
muy breve y según mi estricta opinión profesional:

.- Los 30 días deben haber transcurrido desde que lo recibió o se le dejó aviso de recepción y no desde la fecha de envío.

.- esto sólo tiene sentido si pretender NEGARLE la posibilidad de enervar ya que si no es así y te interesa que continúe, deberías darle esa oportunidad.

.- Vete a Correos y recoge el certificado de texto enviado (si lo solictaste) que, junto con el acuse de recibo, es prueba fehaciente a esos efectos de denegacion de enervamiento.

Suerte



18/01/2010 17:41
muchas gracias papino, como ya dije en mi primer mensaje, no vivo en la misma provincia y estos a casi 220 kms de la vivienda alquilada por eso no me es facil recoger el justificante pero supongo que lo tendra mi abogado y no hara falta nada mas.
lo de negarle la posibilidad de que siga a mi inquilino no es por capricho pues si ahora el paga lo que debe sin haberlo denunciado y en el futuro me hace lo mismo tendre que volver a contratar otro abogado y serian gastos dobles.
ademas no puedo confiar en un inquilino que no paga cuando debe y como expecifica el contrato que se hizo y el firmó.
a mi me gustaria que siguiera, claro que si¡¡
pero en estas condiciones, a ver quien es el propietario que se despreocupa cuando su inquilino deja de pagar, yo creo que nadie lo haria.
un saludo
perfil Jan
21/01/2010 13:34
Hola campo450. 1º) El envío del burofax con acuse de recibo tiene 2 finalidades:

a) Que el Arrendatario NO pueda enervar la acción. Para ello tiene que cumplirse los requisitos del art 22.4 LEC y que en el burofax se haga expresa mención de las consecuencias que tendría NO pagar lo reclamado en el plazo conferido. Muchas audiencias provinciales NO aplican el art 22.4 cuando falta el segundo requisito mencionado.

b) Que se puedan imponer las costas al Arrendatario POR MALA FE.

2º) Cuando se envíe un burofax con acuse de recibo y el mismo haya sido retirado por su destinatario en la Oficina de Correos, el remitente podrá solicitar en la Oficina de Correos un informe sobre el mismo, el cual contendrá la fecha y hora del primer intento, la fecha y hora del segundo intento y la fecha de recogida.

La Jurisprudencia NO es pacífica a la hora de establecer el dies a quo para computar el plazo concedido en el burofax. Sin embargo hay consenso en determinar que:

- si el burofax es recogido por su destinatario(en uno de los dos intentos) la fecha inicial de cómputo es el día siguiente a su recogida o aceptación.

- Si el burofax es rechazado la fecha inicial de cómputo es el día siguiente a su rechazo.

- si el burofax es recogido por su destinatario en el plazo de 30 días naturales, la fecha inicial de cómputo dependerá de las circunstancias que propociaron la recogida tardía.

- si el burofax NO es recogido en el plazo de 30 días naturales la fecha inicial de cómputo será el día siguiente a la FECHA DE ENVIÓ del burofax.

Reciba un cordial saludo
22/01/2010 14:34
hola de nuevo y gracias Jan por contestar.
resulta me me llama mi abogado y me dice que el burofax no ha sido recogido, yo creia que iba al nombre del bufete pero ahora me dice que no, que va al mio, (ahora ya entiendo porque no lo recogieron) ya se ve que obran de mala fe.
me dice que lo siguiente es denunciar, le digo que me explique como va esto y me dice que va a denunciar por impago y desahucio todo junto, le digo que yo solo quiero impago y luego ya pensare que hacer si no paga, el insiste que mejor las dos cosas a la vez, entonces le pregunto por cuanto me saldria y me dice que 2000 € mas iva, y si solo es por impago? me dice, es que no te interesa porque despues tendrias que volver a denunciar, vuelvo a preguntarle, y si paga antes del juicio?
despues de mucha insistencia por su parte intentando convencerme y queriendo llevarme a su terreno casi sin dejarme hablar me dice que entonces solo me cobraria la mitad osea 1000 € como haciendome un favor y que del iva ya llegariamos a un acuerdo.
no se si dije que cuando me puse en contacto con el ya me pidio 200€ que le mandé a su cuenta y con ellos solo ha mandado el burofax que debe ser unos 40 € y ahora me dice que tanto si denuncio por impago como por las dos cosas le vaya adelantando 1000€, el pone la denuncia y luego si quiero pararla, no le tengo que pagar mas.
en serio que vale tanto todo esto?
yo antes de ponerme en manos de esta abogado me informé y por denuncias de impago de alquiler mas o menos me pedian 900€ y creo que entraba los honorarios del procurador tambien, y este abogado me pide mucho mas y eso que como iba recomendada me dijo que no me preocupara que me saldria barato.
ahora pregunto, ¿es normal que se cobre tanto por esto?
si no quiero que siga siendo mi abogado ¿que pasa con los 200 € que le di por lo del burofax,
¿que minuta lleva este trabajo?
¿se puede quedar con los 200€ asi sin mas?
¿me puede pedir mas dinero por no seguir con el caso?
si es asi ¿puedo denegarme a pagarle?
¿me interesa dejar a este abogado y ponerme en manos de otro que sea mas economico?
al vivir lejos del sitio donde tengo la casa alquilada ¿que me aconsejais que haga?
direis que pregunto mucho pero es que todo esto me parece una tomadura de pelo y yo he caido como una incauta.
MUCHAS GRACIAS A TODOS y espero vuestras respuestas.
un saludo
07/12/2017 01:25
campo450
Aunque ha pasado mucho tiempo de este post, me parece que ese abogado suyo , le estafo.
1,. Los Abogados honrados hacen un contrato de servicios especificando calrito cuanto van a cobrar y porque.
2.- Ese burofax a vd tendria que haberle informado de cuando lo mando y cuanto le costo(son 26,90 euros) ademas una carta certificada con acuse de recibo tiene el mismo valor juridico que un burofax y cuesta 6,25 euros...
3.- Cuanto le debian los inquilinos?
Pues vd debe saber que hasta 2.000 euros no precisa de abogado ni procurador...
un saludo
ahi mucho listillo por ahi...