Hola, resulta que mi padre arrendo la casa donde vivía por unos meses y no se realizó contrato alguno todo verbal y ya llevan almenos 8 ó 10 años, resulta que tal y como están las cosas me estoy planteando el comprarle la casa a mi padre y evidentemente tendría que hablar con los inquilinos para quedejaran la vivienda, el trato con ellos no es malo pero que podría hacer en el caso que me pusieran pegas. Muchas gracias.
Hola PauloMG. Para responder a su consulta sería necesario tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
Si desea contactar conmigo envie un email a letradoalquileres@hotmail.com, indicando su nick de esta página y el texto de la consulta
Deacuerdo, muchas gracias Jan, he leído en alguna ocasión que en caso de querer vender el piso el inquilino tiene, digamos, preferencia a la hora de querer comprarlo, pero vamos que tampoco está para comprar mucho, paga el alquiler porque és bastante bajo que si no.... también he leído que no es lo mismo el tener que echar a unos inquilinos por tener que ocupar la vivienda el dueño que algún hijo, estudiaría con mi padre el que él me hiciera una cesión de la vivienda y yo se la pagaria a él diréctamente todos los meses sin bancos de por medio. un saludo.
AAhhh!!! se me olvidaba también he visto por aquí que el dueño de la vivienda con el DNI junto con las escrituras de la casa puede ir al Ayuntamiento para pedir una hoja de empadronamiento para ver cuanta gente hay empadronada en la vivienda, ¿no?
Hola, trasteando por la red he encontrado algo que es en referencia a lo que escribí mas arriba, en concreto es esto ´´ La "Ley 19/2009, de 23 de noviembre, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios" ha introducido, entre otras, una novedad que afecta al presente artículo. La exclusión de la prórroga forzosa puede ser legítima no sólo en caso de necesidad del arrendador, tambien en caso de necesidad de lega de sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial. `` lo que no encuentro es un artículo que leí hace unos días referente al meter el inquilino a mas gente a vivir en la vivienda, me explico un poco, la casa se arrendó a una sola persona por un precio. digamos, simbólico 150€, esta persona cococió a alguien se casó y tienen un hijo, hasta ahí conforme y cosa normal, ahora pasa que esta, ahora, familia han traído, ellos dicen invitado pero llevan un montonazo de meses, a 3 ó 4 personas más, y a lo que me refería que no encontraba es que leí que el arrendador NO puede negar al arrendatario que meta a más gente a vivir en la vivienda pero SI puede poner unas normas, ¿esto es cierto?. Esque resulta que están viviendo dos familias por el precio de una y encima que el alquiler es bajo.... O hablar claramente con ellos y decirles ´´Oye si aquí viven dos familias por el precio de una tendré que subir la renta 100€ verás la gracia que les hace. Gracias y un saludo.
PauloMG, lo primero si sus inquilinos no se van lo tiene crudo es lo que tiene alquilar de ilegal...... que luego no tienes en que ampararte, y para pedir en el ayuntamiento un "certificado de convivencia" donde pone las personas empadronadas en el domicilio la persona que lo pide tiene que estar empadronada en el, y otra cosa sus inquilinos no se han podido empadronar en el piso a menos que tu padre que es el dueño les firmara una autorizacion para empadronarse, saludos