Si a usted le declaran apto para el trabajo . o queda en situación de incapacidad parcial,como consecuencia de un expediente de revisión de la situación de incapacidad permanente absoluta o total por la que cobraba una pensión , tiene derecho a solicitar el subsidio de desempleo.
Cumpliendo los siguientes requisitos:
-No tener ingresos propios superiores a 483,98 mensuales
-Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo mensuales.
-No tener derecho al paro.
Carencia de rentas= No tener otras rentas. (en este caso , no tener otras rentas superiores a 483,98 )
buenos dias,tengo una colsuta que haceros,si pasas una revision medica y te quitan una IPT,que pasa luego?
te rebajan a parcial y cobras algo?,pasas al paro? o sigue sin nada y encima con minusvalia?,gracias y un saludo