Lógicamente las vacaciones no se pueden escoger a la carta, de tal forma, si hablamos de 30 días naturales entrarían al menos 4 fines de semana que de no trabajarlos serían al menos 8 días, si usted dijese a la empresa todo ese mes cojo de La a V y el fin de semana descanso tendría como poco 38 o 39 días, si usted coge 4 días de M a V incluye el tiempo de descanso de ese fin de semana, si toma, para que no coja el inicio del fin de semana, de M a J y trabajar el viernes no serán solo 3 días, son 3 días y la parte proporcional del descanso generado en 3sos 3 días.
Mire lo que debe hacer es equiparar 30 días naturales de vacaciones con 22 de días laborales de vacaciones.
Me corresponden 31 dias naturales de vacaciones y ya he disfrutado 24 y dentro de éstos 24 dias me han contado 4 fines de semana, por lo que me quedan 7 dias. Ahora he solicitado 4 dias (martes, miercoles, jueves y viernes) que son 4 dias, pero me quieren contar el fin de semana, o sea 6 dias ¿pueden?
Me corresponden 31 dias naturales de vacaciones y ya he disfrutado 24 y dentro de éstos 24 dias me han contado 4 fines de semana, por lo que me quedan 7 dias. Ahora he solicitado 4 dias (martes, miercoles, jueves y viernes) que son 4 dias, pero me quieren contar el fin de semana, o sea 6 dias ¿pueden?
Me corresponden 31 dias naturales de vacaciones y ya he disfrutado 24 y dentro de éstos 24 dias me han contado 4 fines de semana, por lo que me quedan 7 dias. Ahora he solicitado 4 dias (martes, miercoles, jueves y viernes) que son 4 dias, pero me quieren contar el fin de semana, o sea 6 dias ¿pueden?
Pues puede ser una opción la que comentáis, pero, en todo caso, lo dicho, se hagan como se hagan los dias de vacaciones y se cuenten como se cuenten estos, al final esta el refefente anual en horas de trabajo efectivo que normalmente marcará el convenio. Y eso se habra de cumplir en todo caso.
Si una elección un tanto peculiar de los dias de vacaciones o un sistema poco acertado de cómputo de éstos nos da un resultado que no cuadra con la jornada anual habrá que hacer algo para compensarlo.
Estoy de acuerdo con afimco, yo lo contaría como 1,4 días naturales. El dia en sí la parte proporcional del sabado y domingo. (si el sabado y el domingo no se trabajara).
Efectivamente Nando, una norma no escrita muy extendida... y lo cierto es que es mas un elemento disuasorio para los "jetas" que puentean con sus días de vacaciones naturales como si fueran hábiles que como otra cosa...
No obstante a mi no me gusta, y no asesoro en ese sentido porque creo que hay que hacer las cosas en base a -como mínimo- la lógica. Si tienes los días naturales de vacaciones, y pretendes coger un día, es de justicia que el mismo lleve consigo la parte proporcional del descanso semanal correspondiente, pero no todo el fin de semana. No puede valer más un lunes que un viernes, y en ambos casos, hay tres dias de descanso continuado...
No se, quizá sea una forma muy personal de verlo, pero asi lo veo yo.
Bueno, es que hay un criterio por ahí, no como norma escrita, ni tampoco me consta como jurisprudencial, pero, por lo que sea, mujy extendido, según el cual, cuando hablamos de vacaciones en días naturales, a efectos de cómputo, se cuentan todos los comprendios desde el mismo día de inicio (y que siempre será hábil) hasta el día anterior a la reincorporacion al trabajo (sea hábil o no).
Según este criterio, trabajando de lunes a viernes, si me cojo justo el viernes (el lunes siguiente ya voy a trabajar), se cuenta de viernes a domingo, es decir, 3 días.
En cambio, si me cojo un lunes sólo me cuenta 1 día (el día de inicio y el anterior a la reincorporación son el mismo).
Es una de los problemas que ocasiona el considerar las vacaciones en días naturales (de ahí que en muchos casos no se permita el disfrute de dias sueltos o se prefijen periodos que, globalmente aseguren un mismo nº de dias hábiles).
En cualquier caso, siempre habrá otro condicionante que no podemos obviar, y es que, se cuenten como se cuenten, se marquen unas pautas o no en cuanto a nº de dias seguidos que se deben disfrutar, etc, al final siempre habrá que cumplir con la jornada anual del convenio, y ésta no puede verse alterada por cómo haya disfrutado o cómo me hayan computado las vacaciones.
Pues yo tampoco tengo claro, para variar este tema. Porque si hablamos de vacaciones, y su disfrute es por días naturales, no implica de por sí que coger un día suelto te cuente como tres. ¿y si en lugar de un viernes quieres un lunes? ¿también contamos 3?
Sencillamente, si los días de disfrute de vacaciones son naturales NO se pueden coger días sueltos, y si se cogen, habrá que estar al acuerdo entre las partes, pero eso de contar de tres en tres, pues no lo veo tan claro.
El Convenio del metal de Zaragoza establece como vacaciones 30 días naturales de los cuales 26 han de ser laborables.
Después de coger ese día, te quedarán 27 días de vacaciones de los cuales 24 deberán ser laborables (los sábados no son festivos en el metal de zaragoza).
Quizas fui muy escueto en mi intervencion , no se porque pense que serian dias de asuntos propios , porque si son vacaciones es como te informan los compañeros , naturales cuentan 3 , si son laborables cuenta 1
saludos
Lo primero que habría que hacer es consultar el convenio colectivo al que se riga la empresa, pero en principio serán 3 días si son naturales o 1 días si son laborales.
Si el convenio estipula que son X naturales de los cuales X deberán ser laborales. Habría que estudiar como se ha adjudicado el resto del periodo vacacional en conjunto
hola buenas!
alguien puede decirme si solamente quieres coger de fiesta un dia, que es viernes como cuenta?
como un dia o tambien cuenta el sabado y el domingo?
gracias.