Depende de si eres autónomo, TRADE o trabajador por cuenta ajena.
Si eres TRADE o trabajador por cuenta ajena, sí..., es lo que se denomina accidente "in itinere".
Por cierto, trayecto es con Y (en català seria trajecte).
hola shughart,gracias por responder,durante cuantos minutos se cuenta despues o antes de trabajar?
perdona por mi poca cultura,pero se me entendió verdad?
¿Minutos? Es el trayecto de casa a tu puesto de trabajo y viceversa (teniéndose en cuenta el camino más directo, que no exista culpa o negligencia por parte del trabajador, etc).
Si sales de trabajar y te vas al bar, o te lanzas contra un árbol, o si vas de tu empresa (sita en Madrid) a tu casa (sita en Toledo) por Albacete, etc... pues no se considerará accidente laboral.
Por cierto, se te entendió perfectamente, pero nunca está de más aprender algo nuevo, y más si es en nuestra lengua.
"Toro", para los TRADE, un accidente laboral también puede ser un accidente in itinere. Son los RETA quienes deben acreditar que el accidente tuvo lugar durante su actividad, para que tenga la consideración de accidente laboral (además, de cotizar por contingencias profesionales).
TRADE: Trabajador Autonomo Dependiente Economicamente (No es su caso)
El tiiempo, el trayecto habiltual de ir de casa al lugar de trabajo, no creo que exista jurisprudencia (sentencias del Tribunal Supremo que determine el tiempo en minutos.)
Art 115 LGSS:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1994.t2.html#a115
vale,me voy enterando poco apoco de algunas dudas, gracias .y vosotros sois especialistas en esto o usuarios del foro?
ya veis q no estoy muy puesta ,soy novata.
gracias
Especialistas? usuarios del foro? Te refieres a si los dueños del foro resuelven dudas?
No tengo constancia. Creo que normalmente, quienes pululamos por aquí, de los que contestamos y también a veces preguntamos, que no estamos libres de aprender cada día, y aquí se aprende mucho, somos gente que se dedica a los RRHH, asesores profesionales, estudiantes, o gente con tanta experiencia en la vida que te pueden dar estupendos consejos sin tener un título colgado en un despacho, etc.
Perdón por meterme aquí, pero yo siempre he tenido una duda con respecto a esto.
Persona que, cuando sale de trabajar y de camino a casa, por ejemplo, recoge a su hijo del colegio o hace la compra...
Se desvía un poco de su ruta habitual. ¿Hasta qué punto podría ser in itinere? ¿Hasta que llega al colegio o al super? ¿si le ocurre algo en el camino habitual y no en el "desvío"? ¿Todo el trayecto?
La verdad es que no tengo ni idea.
si, hombre, y el trayecto te cubre el desvio para recojer a la suegra que se encuentra en una residencia de ancianos, y la rotura de una pierna debido al resbalón que te puedas pegar en el Carrefour cuando estabas comprando.
me voy a dormir ya
ya q no me dan la baja , e de madrugar
creo q la pedire con alguna escusa ,ui ui q mal.
buenas noites perdon a estas horas se me va la olla
Mari, en vez de coger el trayecto, coge un atajo.
Así tendrás menos posibilidades de tropezar con algún obstáculo.
Y de paso beneficiarias a tu empresa.
No es broma, de verdad.
Hace unas semanas asistí a una discusión sobre el tema y había quienes defendían todas las posturas posibles.
Vamos, que sólo falto la hipótesis de la rotura de la pierna en el Carrefour.
Y acabó como el rosario de la aurora. No aclaramos nada.