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si me despiden estando de baja por enferemedad común

6 Comentarios
 
Si me despiden estando de baja por enferemedad común
18/01/2009 12:28
hola: me gustaría saber que ocurre si me despiden estando de baja por enferemedad común (dos operaciones de cuello, 8 meses de baja y sigo con dolores cronicos). ¿Seguiría cobrando mientras sigue la baja?¿Se me descontaría del paro o no? ¿si mi proceso médico lleva a una discapacidad laboral? ¿en base a que se me pagaría? gracias
18/01/2009 12:54
En primer lugar si la empresa decide despedirte, tiene que pagarte los 45 dias por año, entonces seguirias de baja pero combrando de la seguridad social y una vez agotado el tiempo de la baja, tendrias que pasar un tribunal medico que es quien decide el tipo de discapacidad que tienes y si eres acta o no para volver a trabajar. Espero que te sirva de algo.
18/01/2009 13:03
muchas gracias por tu respuesta monteros :-)). Me queda una duda, ¿si no me dan la incapacidad y me dieran el alta podría cobrar lo que me corresponde de paro despues de cobrar de la SS o mientras cobro de la SS ,me lo descuentan de lo que me corresponde de paro? ¿si me dieran la incapacidad, yo he cotizado unos 10 años y tengo 35, como se calcula , a groso modo, cuanto cobraría? GRACIAS A TODOS DE ANTEMANO. SOIS UNA AYUDA INCREIBLE.
18/01/2009 13:11
Una vez te dieran el alta cobrarias el paro que te corrresponde, no tiene nada que ver con la baja.
Un saludo
perfil Ade
18/01/2009 13:19
Hola. La prestación por incapacidad permanente total o absoluta se calcula con las bases de cotización de los últimos 8 años (bases de los 96 meses anteriores/112). Si es una total, por tu edad, te correspondería una prestación del 55% sobre el cociente anterior. Si es una absoluta el 100%. (todo esto suponiendo que se derive de contigencias comunes, no de enfermedad profesional).
Respecto del paro, cuando se extingue el contrato te sigue pagando la mutua hasta que causas alta médica, pero ojo, te paga la prestación en igual cuantía que te correspondería en el desempleo. Una vez que causas alta, te pasaría a pagar el inem, y el tiempo que has estado de baja entre la extinción del contrato y el alta médica te lo descuentan. Esto es con extinción de contrato. Sinceramente no sé si aplica igual en causa de despido, por que nunca me he encontrado ningún caso. Yo llamaría al Inem y lo consultaría.
18/01/2009 18:51
monteros, como bien te decía Ade, al ser por enfermedad común el tiempo que pases de baja tras la extinción del contrato te lo descuentan del paro que tuvieses acumulado.
18/01/2009 19:27
¿Qué significa ser acta para volver a trabajar?