¿has mirado que dice la normativa de la población sobre escaparates y vitrinas de los comercios?
A lo mejor resulta que la normativa no permite estas vitrinas y a razón de esto lo puedes sacar.
Otras idea
el edificio de tu cliente es una propiedad horizontal?
No se mucho de propiedad horizontal, pero me parece recordar que la fachada del edificio es un elemento común, y lo que necesitaria, para tener la vitrina clavada en la fachada, es permiso de la comunidad no de la propietaria del local.
no me suena de nada a servidumbre. otra cosa es que se coloque una vitrina que no toque la pared del vecino, aunque no sé exactamente cómo es el esquema de lo que hay.
En 2 edificios contiguos, el inquilino del bajo de uno de ellos tiene colocada una vitrina- expositor sobre la pared del contiguo cuyo propietario (acaba de adquirir el local) quiere que la retire.
Por un lado, la anterior propietaria dice que nunca dió su permiso para la colocación de la vitrina; y por otro, el dueño de la vitrina dice que lleva puesta toda la vida y que no la piensa quitar.
En caso de que no se pudiera quitar, ¿podría pedir al gún tipo de indemnización?
De todas formas, miraré en el Registro a ver si consta algún tipo de servidumbre pero lo dudo.