pues si...me decido a litigar, estoy dándole vuelta a las escrituras y dice que tengo un paso de la casa al pozo de 3 metros que se marcaran sobre el terreno dice....ahora me pregunto ¿podría pasar con un coche hacia el pozo? voy a llevar allí ganado, claro, los 3 metros se establecían para paso de burros y similares, pero ahora ya trabajamos con cohes, ¿puedo tener acceso con el coche o tengo que ceñirme a esos 3 metros?
Como dice kamelalo, no se puede demostrar que no has utilizado un camino durante 20 años, además seguro que has ido a andar muchos días por ahí.
Más vale ponerse una vez colorado que 20 amarillo... enfrentate dignamente a quien tengas que enfrentarte.
Ciudad Real es muy grande, soy de Puebla del Príncipe pero vivo en Socuéllamos
Buenos días, gracias Quijote¡ el hecho de no abrir la puerta no lo dice en ningún lado, yo el único inconveniente que veo es que hayan transcurrido más de 20 años (que no lo sé) sin utilizar ese paso (y según el código civil es causa de extinción de la servidumbre), yo veo claro poder abrir una puerta (de hecho según veo el tabique en algún momento existió puerta) pero quería cierta seguridad antes de enfrentarme a la familia....
Saludos desde Ciudad Real
Donde dice que no la puedes abrir??? Tu abre la puerta y que el te denuncie y asi sales de dudas. Que no se te olvide solicitar licencia de obras para así tener base legal.
Saludos de otro manchego.
He heredado una casa de campo proindiviso con un familiar, en las escrituras redactadas en 1941 se establece el uso común del pozo, y mi derecho a utilizar tres metros del terreno de mi pariente para acceder a él. Quiero abrir una puerta en mi parte de casa para acceder a él, pero mi familiar se opone, diciendo que la puerta abre haci su tierra y que sólo me deja abrir una ventada.
¿tengo a mi favor una servidumbre de paso sobre el terreno de él? ¿puedo abrir la puerta? ¿se habría extinguido la servidumbre ya en caso de existir?