Buenas tardes, quisiera hacerles una consulta. ¿Para conceder servidumbre de paso por un vial privado indiviso de una propiedad, a una persona ajena a ella, se tiene que conseguir por UNANIMIDAD?. Dado que de esta manera se esta modificando el uso de cosa comun indivisa, segun los estatutos.
Gracias por contestarAcriton.
Esto es una comunidad de cuatro chalets, totalmente vallada excepto en su lado susr que corresponde a un vial privado (elemento comun indiviso ) dicho vial linda con propiedad ajena a la comunidad.Mi pregunta: ¿ para consentir o permitir la circulación de dicha persona ajena a la comunidad, por el vial privado se necesita en consentimiento UNANIME ?. Dado que al ser cosa común indivisa se estaria modificando, según los estatutos. gracias
Se supone que si solicita servidumbre de paso, es porque la necesita. No tiene otro acceso, le es totalmente preciso, tiene derecho a acceder a su propiedad. ¿O no?
Perdon quizás no me he explicado lo suficiente, la colindante tiene acceso peatonal, o lo que es lo mismo una anchura de dos metros, pero ahora quiere tener acceso a un garaje que esta construyendo para trafico rodado, entonces es cuando solicita servidumbre por el vial privado de nuestra urbanización.
Muchas gracias VEO. Lo que si me gustaria saber es que acción debería interponer para que la mencionada colindante no circulase por el vial privado. Dado que el resto de los copropietarios estan de acuerdo.
Hola, tengo una parcela industrial en medio de la ciudad y pegada a la M 600 sin entrada. Es legal eso? Hace diez años que la compré porque el alcalde me dijo que la comprara que él se comprometía en darme la entrada. Llevo desde entonces reclamando el derecho al ayuntamiento sin que estos me hagan caso. Desde entonces tuve que modificar todos mis planes empresariales causándome un trastorno y perdidas económicas tremendas. Qué podría hacer? Gracias