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¿servidumbre o favor a un vecino?

6 Comentarios
 
¿servidumbre o favor a un vecino?
perfil Lur
01/10/2006 12:36
Hola, he comprado un local y hago reforma total, con su correspondiente proyecto, aparejadora, licencia, etc... Resulta que dentro de mi local pasaba el cable telefónico de un vecino (nosotros no sabíamos), y los obreros cortaron el cable al creer que era instalación eléctrica vieja. El vecino vino furioso a decir que debemos reparar la instalación y que él tiene derecho porque lleva más de 20 años pasando el cable por ahí.
Quiero saber si es un favor o tiene derecho de paso, a mi no me molesta que pase, pero ¿quién lo debe arreglar cuando se estropea?
01/10/2006 13:20
Las servidumbre han de ser aparentes y estar legalmente constituidas.
Lo de 20 años no vale pues no consta en el Registro.
No existe tal servidumbre.
Ese cable ha de retirarse y requierale a que lo retire, sin asumir responsabilidad alguna sobre averías.
02/10/2006 08:05
Sidi:
Compre un local en planta que cambie de uso y converti en vivienda, al desmontar las placas de pladur del falso techo desmontable aparecieron las tuberias del inodorodel vecino que discurren colgadas por el techo hast empotrarse en el suelo (yo no sabia de su existencia, el dueño del piso superior dice que tampoco) no existe servidumbre de ningun tipo en la escritura ni en el Registro.
Es aplicable al caso lo que afirmas en tu anterior mensaje??
Gracias
02/10/2006 09:33
En el primer caso, ¿el vecino, es parte del propio edificio en regimen de propiedad horizontal, o se trata del vecino de otra propiedad independiente?.
perfil Lur
02/10/2006 10:53
Muchas gracias por vuestras respuestas.
El vecino que me exige es copropietario del inmueble. Incluso me amenazó con exigirme "daños" por haber estado su negocio 3 días sin teléfono.
Además, cerró con el pavimento que puso hace años en su local una ventana de esas de suelo a calle que proporciona a mi local ventilación y luz y que yo quiero recuperar.
Vamos, que tengo tarea con él...
Agradezco mucho los detalles sobre casos parecidos.
Saludos a todos
02/10/2006 22:24
El caso de las tuberias no es aplicable como servidumbre pues son un elemento de construcción en origen.
Por el contrario un hilo telefónico puede trasladarse fácilmente, y no puede constituir servidumbre a través de un local.
perfil Lur
03/10/2006 13:58
Gracias Sidi.
Voy a intentarlo con telefónica (le hago ese trabajo al vecino aunquie es por mi inbterés).
Pero lo que más me preocupa es volver a recuperar las ventanas cerradas con su pavimento. ¿alguien conoce un caso parecido?. Todo lo que veo son casos contrarios, es decir, gente que quiere que sus ventanas permanezcan abiertas, pero las mías eran de construcción oroginal y un vecino , por abuso, las cerró ¿Tengo que denunciar que las ha cegado o puedo por mi cuenta abrirlas porque eran mías?
Gracias por la información