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Servidumbre Emergencias

2 Comentarios
 
05/02/2004 09:55
Gracias Anton por tu respuesta, necesitaria de todas formas algo mas de informacion sobre las otras preguntas.
04/02/2004 20:58
Si mal no recuerdo las puertas de emergencia tienen que dar directamene a la calle, no a un portal.
El Ayuntamiento de vuestra localidad es el organismo encargado de comprobarlo.
Saludos.
Servidumbre emergencias
04/02/2004 13:32
Hola, soy presidente de una comunidad de pripietarios, que tiene varios portales y varios locales, uno de ellos es un supermercado que posee un garaje publico dentro del edificio, este garaje tiene varias puertas de emergencia y una de ellas va a salir directamente a uno de los portales con el consiguiente peligro que desde ese garaje alguien se pueda colar en las viviendas de ese portal. me gustaria saber que podemos hacer para que algun organismo competente, (ayuntamiento, Comunidad, etc) nos revise si esta via de evacuacion de emergencia es correcta. Otra pregunta es que, actualmente este local esta abierto sin la licencia de funcionamiento, pero como esta con recursos, etc. pues el ayuntamiento no puede precintar el negocio porque no existe sentencia firme, asi pues, si no tienen licencia de funcionamiento no deberian funcionar por lo que nadie deberia de poder usar esa puerta, ¿podemos cerrarla hasta que el local tenga la pertinente licencia? Gracias de antemano