Buenas a tod@s! Es la primera vez que escribo en el foro y queria agradecer de antemano la ayuda que presta a abogados que, como yo, estamos empezando a despegar. La cuestion que planteo es en relacion a un cliente que compró en subasta publica una finca enclavada entre otras, por lo que no tiene acceso a la misma por ningun sitio. Se que el codigo civil obliga a que sea el predio mas cercano a la finca a que sea el sirviente, pero es la finca mas pequeña y seria un perjuicio enorme para su titular. No obstante, a pesar de que andamos en negociaciones con los vecinos y hemos mantenido varias reuniones con ellos, el compañero que representa a uno de ellos me dijo por telefono que al ser comprada en subasta publica, no tengo derecho a la servidumbre, yo con el cod. civil en la mano le dije que por supuesto que si. Pero queria asegurarme y garantizar que estoy en lo cierto y si alguno de vosotros se ha visto en esta tesitura alguna vez. Saludos y gracias por adelantado.