Mi cliente para acceder a su finca rústica desde el camino, tiene que acceder por entre 2 fincas vecinas. Él durante años ha pasado siempre por la finca de uno de los 2 y ese propietario nunca se negó. Hace unos años, éstos vendieron sus fincas respectivas, y los nuevos propietarios no se ponen de acuerdo (Por la finca q siempre habían pasado el nuevo propietario se niega salvo indemnización altísima, y el otro, dice que siempre pasaron por la otra y no les deja ni un centímetro) y mi cliente hace 2 años q no puede pasar con su coche a su finca.Esa servidumbre nunca se inscribió en ningún registro.
Preguntas?
1- Q acción debe de interponer mi representado ante el juez para poder acceder a su finca?
2- Debe indemnizar económicamente a este, cuando el anterior propietario desde hace más de 40 años siempre le había dejado pasar?
3- En la acción debo de marcar el camino de paso, o presentarle al juez que ella decida cual es el mejor trayecto?
4- En catalunya hay jurisprudencia que nos indique el ancho del camino?
5- Para evita costas, demandar al que siempre he pasado o a los 2, aunque por la finca del otro nunca había pasado?
6- Para entender mejor el problema, el paso antiguo está entre las 2 fincas, justo por el límite de ellas, pero dentro de una de ellas solamente.
GRACIASSSSSS