Hola, mi consulta es sobre la posibilidad de derogar una servidumbre de paso.
El caso es que compré una casa de pueblo que tiene una servidumbre de paso a unos corrales posteriores, propiedad de unos familiares del antiguo dueño.
Estos corrales, a los que se accede por la servidumbre de paso, tienen a su vez acceso directo a la propiedad de estas personas, y estas propiedades tienen accesos directos a la calle. Resumiendo, ellos pueden acceder a su propiedad destino de la servidumbre de paso desde la calle sin necesidad de atravesar propiedades ajenas.
¿Se podría obtener una derogación de esta servidumbre de paso?, porque por lo que yo entiendo no existe el problema de acceso que da sentido a la servidumbre de paso, puesto que tienen acceso desde su propiedad.