Si tengo un solar sobre el que existe un derecho de paso a favor de otro solar que consta en escritura pero no en el registro de la propiedady quiero asfaltar y ponerle una puerta dandole por supuesto llave al solar predio dominante ¿se puede oponer? gracias
hola, yo humildemente creo que no, pero seria conveniente que lo hables bien con esta persona y si acepta eso lo hagais por escrito en un notario.
es mi opinion.
no estoy de acuerdo. si la escritura no dice otra cosa, el propietario del predio sirviente sólo está obligado a respetar el derecho de paso sobre su finca. Por tanto, puede asfaltar el camino (y de esto se beneficiaría de forma gratuita el predio dominante), y cerrar su propiedad en la forma que estime conveniente, siempre que siga permitiendo el paso.
Por ejemplo, si el paso se realiza con maquinaria agrícola o automóviles, la puerta deberá ser de anchura suficiente para permitir la entrada y salida sin maniobras.
es la diferencia entre servidumbre y camino público.
buenas tardes! Querido/a Rus, no me has leido bien ni a susitolucus tampoco. La pregunta de susitolucus es ¿SE PUEDE OPONER? y yo he dicho que: ¨creo que no¨, hablamos y decimos lo mismo. Efectivamente mientras permita el paso el asfalto incluso sera beneficioso. Solo digo que esas cosas dejarlas por escrito siempre es mejor. Y la diferencias entre servidumbres y caminos publicos, son muy claras amplias.
leer sí lo he leido bien. quizás no he entendido lo que uno pregunta y el otro responde.
Existe una servidumbre de paso. Si el propietario del predio sirviente cierra ese paso, dé o no llave al vecino, éste podrá oponerse si tiene ganas de tocar las narices o no está conforme con el cierre. Por eso respondo que no estoy de acuerdo, porque poder, puede oponerse. Otra cosa es que el Juez de turno le de la razón y obligue al propietario del predio sirviente a quitar la puerta o a ampliar el espacio destinado al paso, por ejemplo.
Efectivamente, las cosas mejor por escrito, pero en este caso ni siquiera está inscrito en el registro.
efectivamente, Rus, como poder claro q puede oponerse, y dar molestias, etc., pero yo entendia que si legalmente podia oponerse a colocar la puerta dandole llave, por eso dije, creo que no.
Y lo de hacerlo por escrito, sigo pensando que seria mejor.
Otra cosa, como podria contactar con usted Rus?para una consulta, puesto que parece que es entendido en estos asuntos.