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Servidumbre de paso

1 Comentarios
 
25/03/2006 06:59
Deberías ponerlo también en el foro de propiedad horizontal.
Aunque supongo que no se trata de una división horizontal, pues en ese caso figuraría en las escrituras los coeficientes para cada uno.
Parece, según dices, que existe una servidumbre de paso de unas casas con respecto a las otras, por lo que tal vez se podría deducir que fuesen los predios dominantes los que se ocupasen de ciertos gastos o que colaborasen en mayor proporción.

De todas formas sería lo lógíco hacerlo a partes iguales ya que es para el bien de todos.

Supongo que un contrato privado entre las partes serviría, pero no se hasta que punto al existir servidumbres inscritas.

Los siguientes son artivculos del Código Civil, por si te aclaran algo:

Artículo 543
El dueño del predio dominante podrá hacer, a su costa, en el predio sirviente las obras necesarias para el uso y conservación de la servidumbre, pero sin alterarla ni hacerla más gravosa.
Deberá elegir para ello el tiempo y la forma conveniente a fin de ocasionar la menor incomodidad posible al dueño del predio sirviente.



Artículo 544
Si fuesen varios los predios dominantes, los dueños de todos ellos estarán obligados a contribuir a los gastos de que trata el artículo anterior, en proporción al beneficio que a cada cual reporte la obra. El que no quiera contribuir podrá eximirse renunciando a la servidumbre en provecho de los demás.
Si el dueño del predio sirviente se utilizare en algún modo de la servidumbre estará obligado a contribuir a los gastos en la proporción antes expresada, salvo pacto en contrario.


Servidumbre de paso
24/03/2006 14:04
Hola,
se me plantea el siguiente problema que voy a resumir muy escuentamente:
Existe un patio de manzana cuya entrada se realiza poruna de las calles en los cuales se da acceso (con coche o andando) a una serie de bajos que forman ese patio. Tengo que poner de acuerdo a todos los propietarios para adecentar el patio. El problema que existe es que en las escrituras que he podido conseguir, algunas habla de servidumbre de paso mientras en otras habla de acceso al patio.
Mi pregunta que más me interesa saber es: si consigo poner a todos los que tienen acceso al patio para afrontar los gastos necesarios para adecentar es patio, se podría constituir una comunidad de los mismo? ¿ Un contrato entre todos ellos para el mantenimiento de los gastos sería vinculante?
No sé si me he explicado bien, pero si existe alguna duda o queréis que aporte más datos solo teneis que decirmelo.

gracias