Hola,
acabo de comprar una casa con un terreno y en su escritura y nota simple se indica que en parte de mi terreno está constituída una servidumbre de paso para la parcela del vecino. En la nota simple literalmente pone lo siguiente:
" ... La servidumbre de paso de carácter permanente y continuo para paso de personas y vehiculos que está constituida por una franja de terreno orientada a lo largo de todo el lindero Sur del predio sirviente, con un ancho de rodadura de tres metros y medio. - Por esta servidumbre los titulares de la parcela B dispondrán de un acceso permanente a la vía pública que es la carretera de la Iglesia y de uso exclusivo y excluyente para esta parcela, que podrán acondicionar para facilitar el paso...".
¿Siendo yo el propietario del terreno tengo algún derecho a utilizar la servidumbre de paso citada para entrar en mi casa?
¿Puede cerrar el vecino el paso aunque no sea de su propiedad pero tenga uso exclusivo y excluyente?
Espero que alguien me pueda ayudar porque es complicado interpretar el vocabulario legal.
¡Muchas gracias!