Buenas, Quisiera saber donde se regula el pago de la indemnizacion por una servidumbre de paso de linea aerea, que va a realizar Iberdrola en un terreno de nuestra propiedad, sin ningun poste o torre de apoyo fijo. O si alguien me puede orientar sobre el precio que nos quieren abonar. La finca es de Labor Secano en Toledo, se ven afectados 71 metros lineales de vuelo conductor y el importe que ofrecen es 10 euros el metro lineal. A ver si alguien nos orienta sobre el precio, porque te pagan esta cantidad y admiten que presentes disconformidad ante el mismo. Donde se regula, quizas en la LEF. Gracias y un saludo
Espero no llegar muy tarde. No te expropian 71 m lineales. Seguramente sean 3 cables, que ocupan entre metro y medio y dos metros. Ademas hay que sumar 6 m a cada lado de los cables, terreno que sera inservible, porque no puedes construir ni hacer uso de el. Es decir, lo que realmente te estan expropiando es 71 x 14 = 994 m2 y eso es lo que te deben pagar puesto que todos esos metros los pierdes.
Por supuesto, ellos siempre tiran por lo bajo a la hora de pagar y en el precio a pagar, no lo tengo claro, no es un precio fijo, sino, en relacion al terreno, si es rustico,urbano....
TEngo alguna sentencia, en que el justiprecio se valoro en no recuerdo bien, pero unos 2000€ y la sentencia obligo a pagar mas de 100.000€
A todo esto, deben haber hecho la declaracion de utilidad publica, haberla publicado en el boe, y en algun periodico de la provincia.
animo y suerte, porque cuando una electrica pone los ojos en una finca, es pero que caerle una maldicion al dueño.
Un saludo