He recibido de herencia junto con unos familiares un terreno, dicho terreno tenia un acceso desde calle pública. A la hora de heredar se ha dividido dicho terreno quedando dicho acceso en mi parte de herencia. Entiendo que automáticamente existe una servidumbre de paso a mis familiares no, dado que se accedia por alli para la finca.
En la actualidad debido al desarrollo urbanístico una de las partes de un familiar se ha visto "beneficiado" dado que por el otro lado han realizado una calle.
Mi pregunta es la siguiente: ¿Tiene este familiar derecho a pasar por mi parte, dado que el ahora tiene o puede tener acceso por la calle nueva en cuestión?
Gracias