Hola.
Mi pretension es sencilla. Quiero saber si es o no lícito utilizar un derecho de paso (que como tal supongo que se da para permitir acceder a una finca cuando no tiene acceso propio o si este no es posible de otra manera), para llenar las zonas comunes del edificio de mierda (lease papeles, plasticos, palés,...) y estacionar en ellas sus vehículos.
A mi me da igual que descargue por donde quiera, aparte del peligro inherente por ser una urbanizacion y haber niños, pero no que deje la zona sucia ni que estacione el camión durante días, lo primero por motivos obvios y lo segundo porque facilita el acceso a las ventanas de los pisos inferiores.
No se ve que abuse de nada. Ese espacio para mercancías, lógico en un establecimiento lo tiene ya previsto, y muy bien,como servidumbre. Además les ha hecho un favor por no descargar por la entrada principal. ¿Cual es su pretensión?
Hola.
En 2002 compré un piso de un edificio en régimen de propiedad horizontal en el que el constructor había habilitado los locales para comercio.
Uno de los comercios, a pesar de tener entrada directa desde la calle por la fachada, tiene reconocido un derecho de paso "libre y sin obstaculos" en la escritura de propiedad, por la parte posterior del edificio, y que utiliza para aparcar los camiones a pesar de haberle reiterado que la servidumbre no es un derecho de propiedad.
¿Tenemos base jurídica para llevarle a juicio por el abuso de su derecho? ¿El derecho de paso incluye derecho a aparcar? Gracias