Buenos dias.
Tengo cliente que posee finca rustica y para acceder a ésta transcurre por un camino a traves de otra finca particular,donde tiene serviumbre de paso inscrita en el registro.
Recientemente le han colocado una puerta, y le han advertido que cerraran con candado la misma dandole llave para su acceso.
La cuestión es que desde esa puerta a la que quieren colocar candado, hasta la finca de mi cliente hay aprox. 15 Km de distancia, la finca de mi cliente por su actividad agropecuaria y ganadera tiene un constante flujo de gente entrando y saliendo, lo que hace imposible estar pendiente de a que hora va a pasar alguien para ir a abrir esa puerta, ademas de la molestia por la distancia que eso supone, seria tambien imposible dar llaves a todo el mundo.
He pensado en interponer una acción posesoria indicando asi el menoscabo y la obstrución al libre paso que venia disfrutando tiempo atras.
Catastro no refleja ningun acceso y el Ayuntamiento informa por escrito que ese es el unico acceso a la finca de mi cliente. Podria alguien orientarme sobre este complejo tema.
Gracias. Un saludo.
Si pero el previo sirviente se empeña en cerralo de manera permante las 24 horas, no entra a razon,aun más sabiendo que a lo largo de los 900 metros que transcurre este camino tiene colcada malla, puerta y candado que impiden el paso a el gruso de la finca 500 ht, dejando solo fuera el camino en una parcela de apenas 11 ht.