Buenas compañeros.
es mi primera intervención y vengo en busqueda de consejo. Tengo un caso peculiar que no encuentro escapatoria. Una sentencia de 2009 por la que se condena al tapado de dos ventanas y si en dos meses no son tapadas se podrá proceder a ejecutar el tapado de dichas ventanas a costa del ejecutado. Finalmente tras varias suspensiones por acuerdos extrajudiciales se taparon la ventas por tercero a costa del ejecutado.
Bien pues una vez ya finalizado el procedimiento, por satisfacción de las partes y terminado por decreto firme el 14/04/2015. El ejecutado abre de nuevo los huecos de las ventanas e intento de nuevo el tapado de las ventanas, pero el sj me responde que no se puede atender a la petición de las nuevas medidas ejecutivas por encontrarse terminado el procedimiento por decreto firme.
Mi pregunta es ¿puedo reanudar el procedimiento por incumplimiento del ejecutado y si puedo en que me baso? también he pensado en introducir una nueva demanda ejecutiva pero el plazo de caducidad se me pasa 518 (5 años). Estoy paralizado con este tema. Agradecería un poco de luz gracias de antemano por vuestros mensajes.