En estos momentos me encuentro con un problema de servidumbre ya que los propietarios de dos fincas colindantes a la mía pretenden conectar el alcantarillado de las dos casas que están construyendo actualmente a un tubo existente en mi finca (tubo que se instaló en los años 70 i del que nunca se ha hecho uso). En ninguna de las inscripciones de registro correspondientes a mi finca figura esta servidumbre. El promotor de la urbanización asegura que en la primera venta de mi finca, si que se estableció esta servidumbre.
Me gustaría que me indicasen si es posible que en su día se estableciese una servidumbre i no se hiciese constar en el registro i en caso de ser así, que validez tendría dicha servidumbre.