Me gustaría saber cómo se inicia un proceso cuando un menor está en peligro en los siguientes supuestos (violencias, no escolarización, falta de cuidados médicos, etc.):
1) Los padres no pueden hacerse cargo de los hijos y se ven en la obligación de protegerlos acudiendo al juzgado ellos mismos.
2) Cualquier tercero detecta que el menor se encuentra desprotegido o en situación de peligro.
¿Cómo se inicia el proceso? ¿Ante el juez de familia o ante un juez penal? ¿Qué medidas puede tomar el juez para modificar la guarda y custodia de los padres? ¿Puede ordenar el juez que un centro social realice un seguimiento del menor si este se queda en el hogar?
Gracias de antemano, agradecería que me dijeran en qué ley o código puedo saber más sobre el tema.