Tengo una finca de unos 2000m2 en un antigua camino k hace años se cedieron los terrenos para abrir una calle que nunca llego a abrirse ... Aora quiero construir en el pero a quien le pertenece la obligacion de proyecto de urbanizacion y dotar los suministros basicos de luz , agua y desagues ? La calle mas proxima urbanizada esta a 40 metros donde ya me dejaron el enganche de agua preparado al reformar la calle y por lo que tengo entendido la luz tienen obligacion de ponermela desde fenosa... puedo exigir al ayuntamiento el desague , asfaltado y luz publica ? Porque desde el arquitecto del ayunramiento me dicen que din estar urbanizada la calle no me conceden licencia de obra ...
Debo entender entonces que debe ser una obra compartida por mi parte y la del ayuntamiento ...
si yo tengo que costearme las redes de abastecimiento y desague de agua el ayuntamiento debe hacer el resto ?
Ellos me tienen que dar las directrices a seguir y hacer el proyecto ? Gracias
Has de partir de la idea de que tu finca no reúne las condiciones para entender que su clasificación urbanística es la de urbano consolidado.
Por tanto, desde esa premisa tendrás que contratar a un técnico para un proyecto, este proyecto deberá cumplir las directrices técnicas marcadas por el ayuntamiento o prestatario del servicio para su posterior aprobación, deberás ejecutar las obras a tu cargo y, si las has realizado conforme a proyecto, el ayuntamiento aceptará la cesión gratuita de las mismas previo ofrecimiento.
Luego el ayuntamiento prestará el servicio de abastecimiento de aguas y tú pagarás la tasa que corresponda por su prestación.