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servicio y obra

3 Comentarios
 
Servicio y obra
22/04/2004 13:47
Quería saber si la empresa está obligada a avisar con algún tiempo de antelación de la continuación o no del servicio, y en caso de no hacerlo y seguir trabajando con normalidad, si tiene algún efecto legal frente al tipo de contrato establecido.
Gracias
22/04/2004 18:16
Hola.

Con indeopendencia de su duración entiendo que deben de preavisarte de la finalización de la obra o los trabajos con quince dias de antelación.

Si la obra para la que fuiste contratado ha finalizado y tu sigues prestando servicios , o bien no existe tal obra o servicio, o has realziado tareas distintas a las de la obra o servicio para la que has sido contratado, la consecuencia es que esa contrato se ha convertido en indefinido y si la empresa te dice que se te ha acabado el contrato, deberias reclamar pod despido.

Saludos.
23/04/2004 09:39
¿y están obligados a avisarme de que la obra o servicio continúa durante más tiempo? Al contratarme me dijeron que sería por un periodo de un año renovable a dos, pero este ya sería el tercero, y no sé si han de avisarme de ello, o si por el contrario, el contrato sigue en vigencia normal.
Un saludo
23/04/2004 10:00
isendgar, en el contrato de obra o servicio no tiene porqué aparecer la fecha de finalización, ya que ésta, lo normal es que sea incierta. Si se indica alguna fecha, se entenderá que es meramente a título orientativo, sin que tenga más repercusiones.

Lo que determinara la extinción del contrato será el fin real de la obra o servicio (o, dentro de la misma, el de los servicios concretos para los que fuiste contratado), con la obligacíón por parte de la empresa de preavisarte con 15 dias (o indemnizarte por la falta del mismo) si la duración final ha sido superior al año.
Un saludo.

Nando