Buenas tardes,
En mi comunidad van a proponer el servicio del tema de referencia y me indican que yo no podría beneficiarme de el por vivir en el bajo. Es esto exacto? En qué ordenanza se regula?
En caso de que así fuese, de que no me puedo beneficiar, tengo que soportarlo económicamente con mi aportación de cuota? Gracias.
En la junta donde se trate, solicite explicaciones y en que ley figura tamaño dislate.
Deverá votar que no, que no está de acuerdo con dicha votación y que impugnará el acuerdo
Como ya he dicho a algún otro, has tenido mala suerte, vives en una comunidad friki, de currantes que se creen clase media o cómo lo queramos llamar.
Como el tema es de menor cuantía, te lo vas a comer con patatas fritas. Puedes pleitear? Sí, será un error.
Qué puedes hacer? Todo lo que se me ocurre es ilegal. Y aquí se viene a dar soluciones legales y/o a acompañar en el sentimiento.
Efectivamente, si la mayoría así lo decide ..... cosas de las comunidades.
Intente convencerles de que eso es una auténtica guarrada, las bolsas en las puertas, a veces durante horas, malos olores, líquidos que estropean el pavimento, lo dicho, guarreria en toda regla.
Con independencia de si es guarreria o no, o si estoy o no de acuerdo con ese servicio, mi pregunta es si me pueden excluir de ese servicio de recogida en la puerta por vivir en un bajo.
OK Jalisco y Pepe123, pero alguien sabe algún fundamento jurídico?
O es que no existe en ninguna normativa esa posible exclusión y es el simple sentido común el que se debe imponer
Pues el derecho es que un propietario que contribuya a un servicio, tiene derecho a disfrutar de este.
Es que es tan absurdo que no existirá nada.
Con esa lógica, pueden decirele, que no limpiarán su rellano, que no puede coger el ascensor
Vea esta pag. No es su caso pero le podría valer.
https://adminfergal.es/debemos-entregar-las-llaves-del-portal-a-un-local/
Usted pregunta:
Con independencia de si es guarreria o no, o si estoy o no de acuerdo con ese servicio, mi pregunta es si me pueden excluir de ese servicio de recogida en la puerta por vivir en un bajo.
Usted debe preguntar al que le ha dicho eso o bien al presidente, en qué se basa para tomar esa decisión o esa afirmación y espere la respuesta. Usted por vivir en un bajo goza de los mismos privilegios y obligaciones que el resto de propietarios y por tanto, no se le debe excluir de un servicio que al resto de vecinos se les da. Haga la pregunta que le he dicho y a ver qué respuesta recibe, pero a priori no se ve lógica ni fundamento alguno.