Nos hicimos pareja de hecho en Castilla La Mancha, hace unos años, y queremos empadronarnos en Madrid, sin perder la residencia permanente. Mi pareja es ciudadano español.
Cual es el procedimiento a seguir, si Castilla La Mancha establece que empadronarse en otra region, es motivo de disolucion de la pareja de hecho? Seria motivo para perder la residencia permanente?
Es posible trasladar el registro de pareja de hecho a Madrid? O cuales son los tramites legales a seguir?
Muchisimas gracias por anticipado.
Hola:
Supongo, por lo que indicas, que tienes la "tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea". Si tienes la residencia PERMANENTE (comprueba que es así: tu tarjeta debe poner "PERMANENTE" y, además, tiene una validez de 10 años desde su fecha de expedición) puedes empadronarte en Madrid, o donde quieras, sin perder el derecho de residencia permanente. Pero, por favor, comprueba que efectivamente tienes una tarjeta PERMANENTE. Si tuvieras la temporal, la cosa es más complicada.
Un saludo.
Antes que nada , miles de gracias por la respuesta , y nacen nuevas preguntas :
Respondiendo a la pregunta, si tengo la tarjeta permanente de residencia por 10 años.
-Se puede registrar la pareja de hecho de Castilla- La Mancha en Madrid? Si es asi, cual es por favor el tramite a seguir?
-Despues del empadronamiento en Madrid, y una vez disuelta la pareja de hecho en Castilla La Mancha, ¿Que derechos tengo o conservo?
-Tengo derecho a continuar usando la tarjeta sanitaria? Ya empadronados en Madrid, debo solicitar la tarjeta sanitaria en Madrid?
-Si seguimos viviendo juntos, tengo derecho a lo que ello conlleva hasta volver a formalizar la pareja de hecho en Madrid?
Eternamente agradecidos por el espiritu de altruismo y la invaluable ayuda que proporcionan a traves de este foro., quedamos pendientes de las respuestas.. Gracias otra vez.
Hola:
La Comunidad de Madrid no permite registrar parejas de hecho que ya lo están en otra Comunidad Autónoma. Así que lo que procedería en tu caso sería anular la inscripción en la Comunidad de Castilla y León, trasladaros a Madrid, empadronaros en Madrid (en el mismo domicilio, muy importante) y solicitar la inscripción como pareja de hecho en Madrid cuando se den todos los requisitos que se solicitan.
Si tienes, como dices, una tarjeta PERMANENTE, tu derecho de residencia no se va a ver afectado. Incluso si tuvieras una tarjeta TEMPORAL (la primera, la que te dieron para los cinco primeros años) Y ADEMAS, puedes demostrar que tu pareja de hecho duró al menos 3 años, de los cuales al menos uno transcurrió en España, la disolución de la pareja de hecho no hubiera impedido conservar, a título personal, tu derecho de residencia. En cualquier caso, cualquier cambio de "status" implica la obligación de informar la Oficina de Extranjería. También el cambio de domicilio.
En cuanto a la tarjeta sanitaria, ningún problema. Cuando te empadrones en Madrid:
- Pides un volante de empadronamiento
- En la web de la Seguridad Social pides (se hace online) el certificado de derecho a asistencia sanitaria (se llama así, puedes buscarlo por google). Cuando te aparezca en pantalla lo imprimes
- Te presentas en el Centro de Salud correspondiente a tu nuevo domicilio con:
-- Tu tarjeta de residencia en vigor
- Tu pasaporte en vigor
- Tu certificado de derecho a asistencia sanitaria
- Si quieres (no es obligatorio, pero por si acaso), tu antigua tarjeta sanitaria de la Comunidad de Castilla y León
Y pides la expedición de tu nueva tarjeta. No te pondrán ningún problema si llevas todo lo anterior
En tu tarjeta de residencia continuará apareciendo tu viejo domicilio en Castilla y León, pero no hacen duplicados de tarjetas de residencia por cambio de domicilio. Así que es válida, a todos los efectos, tu tarjeta de residencia actual. Eso sí, como te dije antes, es OBLIGATORIO que comuniques a la Oficina de Extranjería, o a la Comisaría, tu nuevo domicilio. Para ello (al menos, si lo haces en una comisaría) tienes que llevar pasaporte, tarjeta de residencia y volante de empadronamiento. Rellenarás un papel con dos partes iguales. Le ponen un par de sellos, lo parten por la mitad y te dan la segunda mitad como resguardo.
IMPORTANTE (quiero insistir): Al cancelar la inscripción como pareja de hecho en Castilla y León, COMUNÍCALO fehacientemente a la Oficina de Extranjería en un plazo no superior a 3 meses desde la cancelación.