Mucgas gracias, empezare a reunir la documentacion cuanto antes como usted me dice. tengo q informarme que otros documentos piden. espero tener suerte. Saludo
Claro que puede solicitar la nacionalidad siendo ama de casa, pero en ese caso, debe declarar que depende económicamente de su cónyuge y será él quien deberá presentar sus medios de vida.
Si usted trabaja por cuenta propia, debe presentar documentación que acredite esa situación y que lo hace formalmente (es decir, no puede comparecer a solicitar la nacionalidad española por residencia diciendo que trabaja como manicura de manera informal, es decir, en economía sumergida, sino que debe acreditar, si trabaja por cuenta propia, que lo hace formalmente, con todo lo que ello conlleva, pues trabajar en economía sumergida, podría eventualmente ser tomado a estos efectos como un elemento de mala conducta cívica).
La normativa, concretamente el Reglamento de la Ley de Registro Civil (art. 220, 6º), exige que se indiquen los medios de vida con los que se cuenta y desde luego, que se lo acredite por cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
Si su cónyuge está desempleado, pero cobra la prestación por desempleo, sirve el certificado a efectos de acreditar medios económicos, ya que son una unidad familiar.
Lo importante es que empiece a reunir los documentos necesarios cuanto antes.
Gracias de nuevo, perdone pero no entendi bien, no puedo pedir la nacionalidad hasta q acredite q trabajo por cuenta propia? no basta con decir q trabajo de manicura, sin acreditar nada ? o..no puedo ser simplemente una ama de casa q quiere la nacionalidad? estoy confundida, que me aconseja? mi marido esta en el paro, no creo q eso ayude. que tendria q hacer? saludo
1.- Sí podrá solicitar la nacionalidad, cumple el requisito exigido.
2.- El procedimiento tarda alrededor de dos años en resolverse.
3.- Se exige acreditar MEDIOS DE VIDA, que no necesariamente se agotan y limitan al contrato de trabajo por cuenta ajena. Puede servir acreditar trabajo por cuenta propia, recursos propios, incluso recursos que provengan del extranjero, etc. Y sirve también acreditar que se vive a cargo de otra persona, que será la que deberá aportar sus medios de vida.
Lo relativo a los medios de vida viene regulado de forma muy genérica en el Reglamento de la Ley de Registro Civil y su apreciación se efectúa atendiendo a las circunstancias personales del interesado.
Gracias por su tiempo y respuesta, y si pido la nacionalidad española ahora que sigo casada me tardaria mucho? me la darian aunque no tenga contrato de trabajo ? desde ya gracias.
Al haber transcurrido menos de 3 años desde que contrajo matrimonio hasta la sentencia de divorcio, tiene 6 MESES para solicitar el cambio del régimen comunitario al régimen general de extranjería.
Si no está trabajando en ese momento, Tendrá que presentar un contrato de trabajo (o bien cumplir las condiciones para el trabajo por cuenta propia), acreditar su residencia anterior y aportar la sentencia de separación/divorcio...
IMPORTANTE: si se pasan los 6 MESES, pasará a estar en situación irregular.
Hola soy Argentina casada con un Madrileño hace ya 2 años, pero no tenemos hijos ya que soy una transexual, nuestro matrimonio no va nada bien, quiero saber que pasa si me separo? pierdo la regimen comunitario ? o sea, la residencia? que hago? no e pedido la nacionalidad aun, estoy pensando darme de alta en hacienda para cuenta propia, ya que soy manicura pero trabajo en negro en peluquerias. que hago para separarme y no perder los papeles???? gracias