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separacion

1 Comentarios
 
04/11/2004 14:49
El régimen legal en Catalunya es el régimen de separación de bienes y es el que rije tu matrimonio atendido que ambos erais catalanes en el momento de contraer matrimonio. Ello implica que son tuyos los bienes que están a tu nombre y de tu esposa los que están a su nombre. Es decir, si el piso está a tu nombre porque lo compraste tú el piso es tuyo sin perjuicio que al tener hijos y en caso de separación se asignara a tu esposa el uso del mismo.
Atentamente.
Separacion
03/11/2004 18:33
soy nacido en barcelono en el año 78. al igual que mi señora en enero del 2002 compre un piso meniante una hipoteca.seis meses mas tarde contry matrimonio civil en barcelona con la que hiy es mi esposa.al año de casarnos mi esposa compra un veiculo asu nonbre.mi preguntaes:
encaso de separación como se reparte nuestro patrimonio teniendo en cuenta la ley catalana.