Si una pareja, que no está casada, quiere "separarse", y tienen hijos en común, y además propiedades en común, y quiere darle una propiedad la mujer a su pareja, porque consta a su nombre, pero quiere quedarse el piso que va a nombre de los dos y está hipotecado, ¿que debe hacer?
¿No se hace separacion de pareja de hecho, no?
¿Sólo tendré que presentar demanda de medidas?
¿Lo de la propiedad que quiere cambiar el nombre a favor de él es mejor que lo hagan a un notario, o es mejor que lo hagan a traves de dicha demanda?
¿Como se hace, lo de pedir que ella se quede el piso, porque debe compensar de alguna forma económicamente a él, no?
yo tuve un caso algo parecido.
en mi caso, judicialmente llevamos el asunto de las medidas a adoptar respecto a los hijos menores (lo llevamos con propuesta de convenio regulador porque fue de mutuo acuerdo)
y las propiedades se repartieron extrajudicialmente, es decir, comprando y vendiendo las partes que ellos decidieron como una compraventa normal, elevandolo a público ante notario, etc.
Creo que puede haber otra solución distinta a la compraventa privada, que obliga a pagar el impuesto de transmisiones patrimoiales, o la donación que para el caso es lo mismo.
A explorar la siguiente alternativa: Pensión compensatoria a favor de la ex compañera en atención a la dedicación al conviviente, los hijos etc...Pues bien, en susitución de la pensión periódica habitual: la vivienda, el pleno dominio de su parte de la vivienda. Si se hace constar en el convenio regulador que se trata de la vivienda que ha constituido el hogar familiar etc.. etc.. y que con la adjudicación se restablece el equilibrio económico.
Luego esperar que el registrador de la propiedad no ponga problemas. No suelen hacerlo. El objetivo: evitar pagar el ITP.