En sentencia de 1ª Instancia dice: el uso del domicilio conyugal, no hay motivo para retirarlo a la esposa e hija, que carece de independencia económica, "debiendo hacer cada cónyuge frente a los gastos de los inmuebles cuyo uso tenga atribuido".
Mi pregunta es:¿ Los gastos de Impuestos Bienes Inmuebles, entrarían dentro de lo mencionado?
Gracias