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Separación y piso

1 Comentarios
 
Separación y piso
22/02/2018 14:37
Estoy pensando en separarme y tengo algunas dudas que quisiera previamente analizar:

1) Hemos vivido siempre en un piso que es de mis padres. Si el juez estableciera custodia compartida o incluso que decidiera darsela a él ¿pueden mis padres perder el derecho de uso sobre esa vivienda? Porque de ser así mi intención sería establecer un nuevo domicilio para que mis padres recuperen su propiedad ¿lo permitiría el juez?

2) ¿Es posible llegar a un acuerdo de separación mutuo sin tener que ir a juicio? ¿Cómo habría que hacerlo? ¿Ese convenio regulador podría ser fijado por nosotros ante un notario sin mas? En nuestro caso la custodia compartida es inviable;es, por ello, que mi intención sería que el padre pudiera ver a sus hijos cuanto quisiera: noches, más fines de semana, vacaciones..

3) Si me dieran la custodia a mi ¿podría irme a vivir con los hijos a otra localidad próxima?

4) ¿Donde podría encontrar ejemplos de convenios reguladores?
Gracias.
22/02/2018 15:01
Vera
1.-No. Si la vivienda habitual no es de los padres de los menores no procede otorgar ningún derecho de uso a estos sobre la misma. Tus padres no tienen ninguna culpa de que os separéis o tengáis hijos y no se les puede privar de su vivienda.
2.-Por supuesto, de hecho es lo deseable, que sea un acuerdo mutuo, y no contencioso. Si estáis casados necesariamente el acuerdo habrá de ir por juzgado, tendrá supervisión de la fiscalía de menores y el convenio será validado en sentencia por el juez tal cual lo redactéis salvo que haya algo claramente abusivo hacia alguna de las partes, especialmente el menor, pero no es un "juicio" tal cual, al menos no como uno contencioso. Si no estáis casados el procedimiento será el mismo si alguno lo solicita (contencioso o de mutuo acuerdo), aunque el procedimiento en cuestión (establecimiento de medidas paternofiliales) se tramitará de forma independiente de cualquier otro proceso, por ejemplo disolución de bienes en común, que sí puede llevarse en un único procedimiento si es un divorcio. Para cualquiera de estos casos tendríais que contratar abogado (y este procurador) y presentar la demanda que corresponda. Si es de mutuo acuerdo el abogado puede ser el mismo para los dos y sale más barato, y sin ser contencioso va bastante rápido. El convenio por sentencia en juzgado es la única forma que existe para después poder hacerlo efectivo de manera inmediata, como solicitar ejecución de sentencia por impago de pensión, o lo que toque. Otra opción (solo si no estáis casados) es poneros de acuerdo como os dé la gana, y no hace falta ni redactar convenio, solo que habrá que solicitar paternofiliales si hay algún conflicto y se quiere mediación judicial, y por último redactarlo ante notario, que es lo mismo que no tenerlo solo que estará la prueba irrefutable del acuerdo que teníais y que se tomará en cuenta para las paternofiliales sin que cada uno pueda decir una cosa.
3.-Si "próxima" es lo suficientemente cerca como para no causar molestias al padre en su ejercicio del derecho de visitas, sí, no hay ningún problema por irse a otro sitio sea el mismo municipio u otro; si te quieres ir a un sitio más lejano sí, no podrías irte sin más. A tener en cuenta respecto a esto que el colegio será en principio al que ya vaya, y para escolarizarlo en otro centro sería necesario el acuerdo de ambos.
4.-En la web tienes tropecientos mil.