Yaqueline, su amigo debe presentar la oportuna demanda de divorcio (o bien un incidente de modificación de medidas si no es su deseo romper con el vínculo matrimonial para poder casarse nuevamente) y, todo ello, en orden a poder extinguir judicialmente la pensión de alimentos que en su día se estipuló a favor de un hijo y viene acordada en la sentencia de sepración previa. Dada la edad actual del hijo común y sus circunstancias personales (37 años y, al parecer, con trabajo) entiendo que desde hace ya algún tiempo era totalmente improcedente su abono por parte de tu amigo a su ex-esposa.
A que edad si no se sabe nada de los hijos podria considerarse que ya es hora de que se mantengan solos. Entiendo que no la los 37, a los 27, 26, 25, cuando podria pedirse esta extinción
atendiendo a la edad del hijo, hace mucho tiempo que deberia estar extinguida, ya que supongo que tiene independencia economica.
debera acudir al juzgado para solicitar la extincion de la pension de alimentos.
un saludo
hola queria preguntar acerca de un amigo mio que se separo en 1972 que antiguamente no existia el divorcio y el no esta divorciado esta separado indefinidamente, es lo que pone en los papeles, el le pasa una pension a su unico hijo que tiene ahora 37 años de edad y queremos saber hasta que edad le tiene que seguir pasando la pension. porque si el chico o señor trabaja ya no es necesario que le pase la pension y tambien si es necesario que se divorcie o ya se toma como divorcio. gracias