Hola!
Yo también soy socia minoritaria de una SL en la que, hasta el verano pasado, ejercía actividad profesional como gerente. Dadas las continuas desaveniencias con mi socio (mayoritario) decidí dejar de trabajar en la empresa y le ofrecí venderle mis participaciones. Pactamos llevar a cabo una valoración de la empresa, a cargo de un perito externo. Por lo que me dijo mi abogada, esta valoración la tiene que sufragar la propia empresa (presupuesto aprox. 2000-2500€), aunque esto depende del tamaño y la complejidad de la empresa.
Hasta el momento, no he conseguido que se lleve a cabo esta valoración, puesto que mi socio va dando largas al asunto. Paralelamente, la situación financiera de la empresa se ha ido deteriorando por mala gestión. Mi abogada me ha recomendado -como bien dices Rogelio-, que pida la convocatoria de junta general y solicite una auditoria de gestión. Mi socio todavía no ha convocado junta para someter a aprobación las cuentas del ejercicio 2008.
Imagino que su estrategia es ir debilitando la sociedad hasta reducir su valor.
Voy a leer el hilo que comentais (Socio minoritario con problemas). Un saludo cordial.
Hola Rogelio, si ellos no quieren hacer la auditoria, nadie los puede obligar si no es por el juzgado, ahora bien... esto le servirá, para que ellos no puedan hacer ninguna inscripción en el R.M., ya que la hoja de la sociedad, queda bloqueada.
Saludos
Sí, en eso tienes razón. Tengo que hablar con ellos.
Lo del asesoramiento en materia de sociedades viene por prepararme un poco antes con el tema de la separación voluntaria y las auditorías. De momento:
1- Entiendo que puedo pedir auditoría de cuentas 1er trimestre 2010
2- Y si deciden formalizar lo del cambio de objeto social:
Puedo oponerme y pedir separación (tengo un plazo de 1 mes). Hecho eso, puedo pedir otra auditoría si no hay acuerdo sobre valor participaciones.
3- La empresa se verá obligada a pagarme el importe de mis participaciones según esa valoración de un auditor. No pueden negarse ¿no?
Mi intención en todo momento no es "freír" a nadie con auditorías. Es que parece que es la única forma de conseguir que me recompren las participaciones (a prácticamante el mismo precio al que las compré, mal de minoritarios, me temo)
Pero como la LSRL es muy complicada de entender, no sé si me la pueden jugar por algún lado que no haya previsto.
Abogado soy yo pero creo que lo que tú necesitas es un auditor o quizá algún perito que fuera capaz de orientarte sobre el valor de los inmuebles. Conocido su valor puedes tomar la decisión adecuada.
Supongo que, además, tus socios tampoco querrán pagar más de lo debido cargando con las costas de auditores y llegarán a un acuerdo con las valoraciones hechas por peritos tasadores.
Porque tú también eres socio y tendrás que correr con la parte de gastos que te corresponda. Quieraas o no perteneces a la sociedad y si la sociedad paga tú también.
Siguendo tu consejo, me repasé el art 100. Según lo que vi "La retribución del auditor correrá a cargo de la sociedad" en estos casos. Es decir, que no tiene coste para el socio separado por vouluntada propia ¿no?
¿Porque comentas que puede ser que no sea barato?
Me queda esa duda, saludos y gracias de nuevo
El Art. 100 de la LSRL te indica el procedimiento de valoración de las participaciones cuando no hay acuerdo entre los socios. Puede ser que no sea barato pero, cuando se habla de inmuebles infravalorados, puede compensar.
Gracias Chavos por la respuesta. Llevo leyendo el hilo de corwen hace tiempo y, sí, me ha venido muy bien.
Con ella vi que lo que tenía que hacer, para empezar, es pedir auditorías cada 1er trimestre para ir "animando" a los mayoritarios a moverse.
Lo que pasa es que ante la tesitura de poder pedir la separación por cambio del objeto social se abre una nueva vía. No se si debo aprovecharla o si es una trampa para que venda poe menos... Por eso me interesaba tener una mínima idea de cómo se decide el valor de las participaciones en caso de separación voluntaria. ¿Me puedes orientar al menos en lo básico?
Muy buenas:
Soy socio minoritario (11%) de una SL en la que los mayoritarios hacen y deshacen a su antojo de tal forma que nunca se reparte nada. Así llevamos 10 años. Hace tiempo que comuniqué mi intención de vender pero claro, tampoco parece apremiarles. En la última JG comenté mi firme intención de empezar a pedir auditorías cada 1er trimestre del año.... Ahora me llega una notificación de que quieren cambiar el objeto social de la empresa. Creo entender que esto abriría mi derecho a pedir la separación como socio según la Ley de SRL. Ahora bien ¿en qué términos? En principio, es una empresa que no da beneficios a efectos oficiales, pero que no anda mal y tiene propiedades inmobiliarias infravaloradas de tal forma que debería al menos ser capaz de pagarme la cantidad invertida. Mi pregunta es: ¿cómo se fija el importe a pagar a un socio que opta por la separación voluntaria? ¿Debe ser a partir de una auditoría específica o según la voluntad de pago del reso de los socios?
Desde ya,muchas gracias por la contestación y por la gran labor que hacen por aquí