Hola buenos dias! Pudo ayuda por favor porque mi pareja de 8 años de ralcion me a dejado se a ido de la casa en la que vivimos juntos de alquiler (solo el esta en el contrato de alquiler) y yo le e pedido porfavot que me deje al perro y asi a sido pero me amenaza con quitarmelo. Dice que es suyo, en los papeles del perro es solo suyo pero evidentemente es de los dos llevamos 4 años comoartiendo al perro. Bueno mi pregunta es aunque no estamos casados ni somos pareja de echo ni nada podria ser k legalmente yo le pidiera tener al perro durante x tiempo? Que compartieramos al perro vamos. Espero vuestras respuestas por favor. A una mascota aunque parezca mentia pero se le coge un cariño enorme. Un saludo y gracias de antemano. Laura.
Los animales no son ciudadanos como un niño, no quieras establecer paralelismos porque no hay el más mínimo. No es derecho de familia, salvo como propiedad que pudiera tenerse en común, pero al no estar casados no hay sociedad de gananciales ni hay nada, así que el perro es de su dueño, según figure en los papeles. Si llegáis a un acuerdo podéis hacer lo que queráis, como si queréis repartiros las pulgas que pueda tener a partes iguales, pero un juez ni va a entrar a valorar eso.
Hola. Que tipo de paralelismo ves que haya hecho? Por ponerlo en derecho familiar? No sabia donde ubicarlo y es la primera vez que entro aqui. Por supuesto que un niño es un cuidadano y en ningun momento los e querido poner por igual.
Creo que esa respuesta que te han dado es bastante desacertada y simplista ......
Hay multitud de sentencias al respecto, que alguno se empeñan en desconocer pero ahí están, fruto de la evolución de la sociedad (de algunos): Ejemplos
En la sentencia dictada por el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 2 de Cangas de Onís el 29 de junio de 2006, se indicó que no procedía efectuar pronunciamiento sobre a la atribución del perro “de raza pastor alemán y de nombre Otto” porque era propiedad de la esposa. En la sentencia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 16 de Zaragoza de 21 de junio de 2006 se acordó que el esposo se quedase con el coche y la esposa con el perro, aunque no sabemos qué criterio se siguió para tal reparto. En el caso analizado en la sentencia dictada por la AP de Cáceres de 30 de enero de 2004, el esposo solicitó que se le adjudicase uno de los dos perros propiedad de la sociedad de gananciales, pero se denegó su petición “porque dichos animales siempre han estado en poder y bajo el cuidado de la actora no habiendo tenido el apelante la mínima relación con los mismos, lo que impide la adjudicación de uno de ellos”.
Personalmente creo que lo indicado sería llegar a un acuerdo sin tener que recurrir a ello pues, como siempre que se llega a una sentencia, existe el 50%...
A ver, entended lo que queráis, que yo creo que está claro: el perro es de su ex. No ha adquirido ningún derecho legal por vivir con él durante años. Aunque uno quiera a su perro como a un hijo, no es un hijo, iba por ahí la cosa. Es propiedad de su ex.
Si el perro fuera de la sociedad de gananciales sí que podría decidir un juez un régimen de visitas o algo así, pero siendo propiedad de uno no sé qué quiere reclamar el otro. Es que me parece ridículo simplemente el plantear la posibilidad. Aunque por supuesto, pueden llegar a un acuerdo entre ellos, si quieren, hasta lo más inverosímil. Pero derecho a ello, llegando a juicio, pues no.
Los Tribunales en este tipo de materia, han venido estableciendo que la propiedad de un perro, se ventile en el proceso declarativo que corresponda, pero no en el seno de un proceso de familia, pues no tiene cabida legalmente.