Siendo soltero me compro un piso con ayuda de una hipoteca a 20 años, y me avala mi madre,me caso a los 9 años de la compra del piso y tenemos una hija inmediatamente despuès, que ahora tiene 4 años. Este piso es el hogar conyugal pero sin que mi mujer estè inscrita en la escritura.
Me faltan 8 años para terminar de pagar la hipoteca y ahora nos vamos a separar.
¿Què derechos tiene ella sobre dicho piso?
¿Podrìa yo, para evitar perder el piso, pagar lo que resta y poner el piso a nombre de mi madre.
Gracias
Al ser el hogar de residencia de la hija común, al separarse/divorciarse es muy probable que el juez adjudique esa vivienda (sea suya o de la abuela) a la menor y a quien la custodie.
La única forma de intentar que quede libre sería que se trasladaran a vivir a otra vivienda hasta que se produjera el divorcio y de ese modo que fuera otra vivienda la habitual en el momento del cese de convivencia (aunque si dice que ya se están separando será ya tarde...)
Si hay regimen de gananciales, lo pagado por el piso mientras duró elo matrimonio es de naturaleza ganancial, y por lo tanto su futura ex tendrá una parte del mismo....
Muchas gracias Isd2; perfecto si la custodia fuera compartida, a lo que no me niego, pero tendrìa gracia, y es lo que me temo, a que tuviera que salir yo del piso.
Pues es lo habitual.... una cosa es la cuota de participación,la titularidad del bien y otra quien ostentará el uso del mismo mientras tenga la custodia del menor...
Pues no lo sé a quién pasará (dependerá de quién sea, quien compre su parte a quien, etc...), no tengo bola de cristal... :) pero lo que sí sé es que no es a los 18 años, si no hasta que sea independiente, y eso puede ser a los 18, los 25 o los 30....
Los comentarios expuestos por José Ramón y lsd2 son acertados. Sólo un pequeño matiz. Qué la vivienda donde residen los menores va a ser adjudicada a los mismos es matemático, quedándose el progenitor custodio en la misma. Ahora bien, hay un pequeño pero, resulta que los juzgados de familia dictan esto sin tener en cuenta otras cuestiones legales. De esta manera cuando la vivienda que se adjudica a los menores es propiedad de un tercero ajeno al matrimonio, padres del padre o la madre, por ejemplo, resulta que los legítimos propietarios pueden inciar procedimiento para que se deshaucie de su propiedad a quienes les ha sido adjudicado el uso por un juez de familia. Así que no diría yo que si el piso está a nombre de la abuela esta no pudiera ejercer su derecho a deshauciar. Lo he visto en muchísimos casos y no hay nada que rascar, te deshaucian pero ya. Es similar al embargo por no pagar la hipoteca. Salen a la calle los menores, la madre y la mascota, sin más miramientos.
Con respecto a su última pregunta, coincido con lsd2. Bueno, en principio, pasaría a usted, pero tenga en cuenta que habría que solventar el tema de que su ex ha generado derechos en este tiempo, como le comentaba lsd2, si están en gananciales, según mis cálculos un 7.5% del valor de la vivienda más o menos le debería usted a su ex. Y muy cierto lo que comenta lsd2 de los 18 nada, es hasta que se independice el menor o menores. Y hay casos sangrantes que esa independencia se extiende hasta niveles insospechados, depende también de la comunidad, que la materia civil es un mundo, que yo sepa sólo en Aragón está clara la edad, 26 años, a partir de ahí a buscarse la vida sí o sí.