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separación- reta 2006

1 Comentarios
 
12/05/2007 00:47
1º tu madre si no llega a los topes minimos no esta obligada
2º las cantidades abonadas a los hijos por alimentos impuestas por decision judicial son DEDUCIBLES. no asi los gastos ocasionados en el divorcio.
3º el alquiler dependera de la CC AA que residas, por ejemplo, en Andalucia se puede deducir en contratos actuales a partir de una determinada fecha y el requisito principal pudiera ser el ser menor de 35 años. En otras habra que tenerlo en cuenta.
Separación- reta 2006
11/05/2007 20:08
Hola, en Septiembre del año pasado mis padres se separaron. La sentencia adjudicó la vivienda habitual a mi madre hasta que mi hermana de 17 años fuera mayor de edad y terminara sus estudios.Mi padre le está pasando a mi madre una cantidad de 200 € como pensión alimenticia para mi hermana. Mi madre no recibe ninguna pensión compensatoria.
Mi duda está en que nose si mi madre está obligada a hacer renta, ya que no supera los limites establecidos como obligada a tributar. También quisiera saber si mi padre se puede deducir la pensión alimenticia que le pasa a mi hermana y los gastos del abogado, ya que la separación no fue por mutuo acuerdo. Otra cosa desde la separación, mi padre vive de alquiler y no se si el puede deducirse los gastos de alquiler. Los contratos de arrendamiento que ha echo han sido privados dado el alto grado de movilidad de su trabajo.
Muchas gracias por vuestra ayuda