Expongo situación: Convivo con la pareja y madre de mis 2 hijos de 5 y 7 años. La relación está completamente terminada.
No somos pareja de hecho. El domicilio donde vivimos los 4 es solo mio (y de mis hijos por supuesto)
Quiero acabar con la relación, pero no se como empezar.... ambos tenemos el mismo nivel de ingresos, y ella me amenaza con que si tiene que dejar la vivienda cambiará de barrio, cambiando a los niños de colegio etc...
Por un lado, no puedo seguir conviviendo, ¿Si abandono provisionalmente la vivienda y me voy a casa de mis padres puede tener consecuencias posteriores?
Yo quiero luchar por la custodia compartida... le he propuesto que seamos nosotros quien amistosa mente cambiemos de domicilio según el régimen que acordemos y no nuestros hijos, pero tampoco está dispuesta.
Yo tengo que irme de la casa si ella consigue la custodia? Ella tiene otra vivienda alquilada, y nuestro nivel de ingresos es el mismo (2000 €/mes aprox)
Gracias por cualquier tipo de comentario. Agradecería recomendaciones de algún despacho de Málaga.
De donde eres? Y si, si ella pide la custodia en principio lo tiene mas facil que tu, y si se queda con la vivienda, aunque aportas pocos datos de quien se ocupa de los hijos, y en que horarios.
Cuando salen el colegio pasamos 30 minutos cada uno con ellos mientras llega la abuela paterna para hacerse cargo hasta que ambos salimos del trabajo a última hora de la tarde en horarios muy similares.
Puntualización: sí que sois (o érais, vaya) pareja de hecho. "De hecho" significa eso, que erais pareja "en los hechos" aunque no lo fuerais de derecho (matrimonio según el registro civil). Lo de inscribir la pareja de hecho en un registro a tal fin no tiene relevancia alguna salvo para poder demostrar de manera más sencilla que lo sois, no es otra cosa.
Lo de cambiarlos de cole, porque ella quiera, vamos, ni de coña puede sin tu permiso, igual que si lo quisieras hacer tú al revés.
Sobre custodia, pues dependerá del caso, no habiendo acuerdo (si lo hay es todo mucho más fácil). Es bastante probable que te den la custodia compartida si lo solicitas si el cuidado de los menores por parte de los dos es similar (dices que los dos trabajáis), aunque puede depender de mil circunstancias. Mi recomendación es que pidas la custodia compartida o en su defecto tenerla tú. El motivo es que ella con su abogado podría intentar justificar que no es recomendable la custodia compartida en vuestro caso por tal y tal motivo, y no es lo mismo en ese caso que el juez tenga que decidir entre la compartida y la custodia de ella (y que se reduzca a si es mejor la custodia compartida a la monoparental o al revés), o entre la custodia de uno u otro y la compartida como compromiso.
De todas maneras si no lo has hecho busca abogado ya, que de cualquier manera vas a necesitar, y presenta cuanto antes la demanda de establecimiento de medidas paternofiliales.
Pues igual tienes alguna posibilidad, iguales horarios e ingresos, tu cuentas con apoyos familiares, mal no lo tienes, aun siendo hombre, si sabes cocinar y ayudas a tus hijos con sus tareas y los llevas al medico y esas cosas, nunca se sabe
Otra cosa: en principio no pasa nada si te vas unos días de casa, no es abandono del menor, ni nada parecido. Estés separándote o no puedes ir a ver a tus padres cuando te dé la gana siempre que no dejes desatendido a menores, vaya. Si continúas viendo y cuidando del menor no hay mayor problema, si no si que podría utilizarse (de todo hay por el mundo) como evidencia de que quien cuida habitualmente del menor es ella, y basar en eso su petición de custodia. Aunque yo no tendría prisa por irme, vaya.
Suerte.
Esto que dice paquito, si tu sbandonas tu casa, triste, aunque sea par evitar malos rollos, le estas poniendo en bandeja la custodia y hasta ahora ha sido asi, su señoria interpreta que delegas la custodia su señoria, que es muy list@, entiende que tu tienes donde ir y que confuas en la custodia de la madre, por estar mejor capacitada, no te lo crees, pues asi es
Exacto. Legalmente no tiene por qué, tú puedes ir y venir donde quieras, y si te llevas a tus hijos la mitad del tiempo, no pasa absolutamente nada que estés en un sitio o en otro. Y en una pareja normal, no debería pasar tampoco nada; en una ruptura lo normal es que uno se vaya, y eso no debería significar nada respecto a los hijos. Pero de todo he visto, y la manipulación de hechos cuando uno se pelea, llega hasta donde no te puedes ni imaginar. Y lo más probable es que el juez ni lo tome en cuenta (es normal que uno se vaya, y eso lo saben), pero...
Tú todo el tiempo que puedas, con tus hijos (en la casa que sea, eso da igual). Aunque tú sabrás mejor que nadie lo que puedes establecer de buena fe y de mutuo acuerdo, y lo que no.
buenas tardes, expongo mi situacion, despues de 13 años de relacion ya no estoy con mi pareja, tenemos 2 niños en comun de 3 y 8 años, no estamos ni casados, ni somos pareja de echo, el gana 1500 euros , tiene la hipoteca a su nombre y yo gano 600 euros... los dos vivimos en la vivienda que el tiene hipotecada, queria saber que derechos puedo tener... el quiere que me vaya de la casa y quiere custodia compartida, pero quiero saber cuales son mis derechos antes de actuar. gracias, un saludo
Pareja de hecho sí que sois (érais). "De hecho" significa "en la realidad", no estar inscrito en un registro.
Lo que te propone me parece lo más razonable. Más que "derechos" plantéate qué es lo mejor para los menores, y también para vosotros, que seguiréis unidos queráis o no por los hijos después de la separación. En mi opinión la custodia compartida es el sistema en el que menos sufren los menores, y mejor acaban llevándose también los padres, pero cada caso es un mundo y no siempre es posible o recomendable.
¿Qué derechos tienes? Pues puedes pedir el régimen que quieras, tener tú la custodia, renunciar a ella y que la tenga él, o tenerla compartida. Si estáis de acuerdo en la compartida no hace falta ni que tengáis convenio regulador (aunque podéis tenerlo, pidiendo el establecimiento de medidas paternofiliales en el juzgado, puede ser recomendable según el caso), y si no lo estáis tendréis que ir a que el juzgado decida por vosotros en función del que entiendan que es el interés del menor. Intervendrá la fiscalía de menores y toda la pesca, como si fuera un divorcio, aunque únicamente en el asunto de las paternofiliales.
Al no estar casados no procede ningún tipo de pensión compensatoria entre vosotros. Si uno de los dos tiene la custodia el otro sí que deberá pasar una pensión por alimentos. Si la tenéis compartida, quizá también si hay una gran diferencia de ingresos entre uno y otro, aunque inferior a la de la custodia en exclusiva (lógico). Hay por ahí calculadoras; googlea pensión alimentos y encontrarás varias.
El derecho de uso de la vivienda en principio al ser de su propiedad le corresponde a él, porque es suya, salvo que el juez te diera a ti la custodia en exclusiva y entendiera que estáis en situación de especial vulnerabilidad. En casos de divorcio y de vivienda en común es de lejos lo más habitual, que se asigne el derecho de uso a los menores, pero en caso de parejas de hecho y de vivienda en propiedad exclusiva, es bastante raro que ocurra, pero como poder, puede ser.
Por último, si pides la custodia en exclusiva, también podría pasar que se la dieran a él pese a que su opción prioritaria sea la custodia compartida, si solicita ésta o en su defecto la custodia en exclusiva. En ese caso tendrías que pasarle pensión, pese a ganar bastante menos y tener que vivir en otro sitio, tú verás si te arriesgas o te interesa llegar a un acuerdo.