No cobran y que?, tendrá mayor importancia eso. Yo a mi pasantes les doy hasta vacaciones y de cuando en cuando unos bonobuses y para botellón. Y encima, aprovechan mi estancia en LanzaroT para esconderme la medicación y el Alonso (Olea).
":0 !!!!!! Lo ha borrado!!!! Pour qui????? Si era tan constructivo, tan acertado, tan bueno!!!! No es justo! :(
No insultaba nadie, no he faltado al respeto, no hice nada malo, solo bromeaba!
Señor Administrador ¿¿Por qué ha eliminado el mensaje de Kaki?? Era muy didáctico, y no m'abia dao tiempo a imprimirlo....Y yo creo que no vulneraba ninguna norma de este Ilustre Foro
Dicho sea con el respeto debido y en estrictos términos de defensa ¡¡¡MEC MEC!!!
Pero tio, que los pasantes no cobran, asi que pocas perrillas te vas a sacar...y menos este que se lo habrá gastao to en la toga, el birrete, el mazo, el despacho, el aire acondicionao y el aranzadi....
y la bocina ...MEC MEC¡¡¡¡
Busco abogado competente con bata y birrete que me guíe en mis primeros pasos en la profesión. Remuneración a convenir. Soy simpático, diligente y audaz. Abierto a cualquier oferta.
Muchas gracias a todos, no obstante, sí que estoy buscando un pasante; acabo de terminar el examen y parece que me ha salido bastante bien, no obstante, en febrero está la "repesca".
Si.. si...seria más eectivo, pero mucho mas costoso e incomodo. A nadie le gusta tener un plenario.
Esta via es mucho mas rápida. Se hace sobre la marcha.
Mas luego ten en cuenta que las parte que pierde recurre y recurre y recurre. Y se alarga más la cosa.... Menos mal que ya basta el recurso de suplicación ante el TSJ. Lo del Supremo no vale pa ná...
Pero bueno, ambas opciones son validas, querido :)
AZ, por favor, no me digas que no sabes el procedimiento en estos casos.... me voy a enfadar contigo eh????? eso si no me lo esperaba de ti... parece mentira que no lo sepas.
Aprended todos!!!!
Mira muchacho, vas por el buen camino. Una vez que hayas redactado la minuta notarial, puedes coger como modelo el de un recurso de alzada, es más o menos lo mismo. O, mejor aun, el de una querella "criminal". OK? me sigues?? bien...
una vez hecho eso, te vas al registro civil que corresponde por reparto, y lo inscribes ahi, si no me falla la memoria, es el del lugar donde hayan acordado la separación. Asi surtira efectos frente a terceros, y podran reclamar las deudas, los acreedores, si los hubiere, antes de la liquidacion de gananciales. Vale?? Entonces ya la separacion es de Iure. Y a partir de ahi, solo hay que esperar a que el juez adopte las medidas provisionales para eso de establecer el regimen de visitas de los niños, si los hay...
Enga campeon.... te llevas las tres orejas y el rabo!!!!
jajajajajajaa!!! y procura que los clientes no te quiten mucho tiempo para estudiar internacional...
¿has pensado en meter a un pasante? te quitan mucho trabajo. Te pueden ayudar bastante redactando los fundamentos de derecho de tus demandas...
jajajaa... joder... que ganas de guasa que tiene la gente...