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Separación de mutuo acuerdo

3 Comentarios
 
Separación de mutuo acuerdo
26/10/2015 14:22
Buenas tardes, el padre de mi hija y yo hemos decidido separarnos de mutuo acuerdo (no estamos casados, solo somos pareja de hecho) y queremos informarnos sobre qué condiciones tenemos que tener en cuenta a la hora de hacer el convenio regulador.

Yo soy de Galicia y él de Asturias y tenemos una niña de 2 años de edad. Yo me iría a vivir a Galicia con mi familia y él se quedaría en Asturias. Nos gustaría una custodia compartida ¿se podría estando en dos comunidades diferentes?

¿Quién tiene que acarrear con los gastos de gasolina para ver a la menor?

Personalmente ¿cuál creeis que es el convenio regulador ideal para nuestra separación amistosa donde sólo queremos el beneficio de la niña?

Gracias por su atención.
Un saludo.
26/10/2015 16:44
Estando a tanta distancia es muy dificil establecer una Guarda y custodia compartida ya que la menor se debe adaptar a un Colegio escolar determinado y en un ambiente concreto , resultando perjudicial si la desplazais de un lugar a otro continuamente . Los convenios reguladores de las parejas de hecho se asimilan al matrimonio y pueden judicialmente regularse tanto si es de mutuo acuerdo como si es contenciosa ( no hay acuerdo ) . Estando a tanta distancia lo mejor es que hagais un Convenio Regulador con régimen de visitas y comunicación flexible . Los gastos de desplazamiento lo teneis que decidir de mutuo acuerdo .
27/10/2015 20:45
Lo de la distancia, depende. Si uno vive en Ribadeo (Galicia) y otro en Castropol (Asturias), no hay más de 10 km. de diferencia.
Al margen de esta broma... lo veo difícil, como ha dicho josefinn.
28/10/2015 09:39
Aunque mosca cojonera lo ha dicho en tono de broma, no es descabellado ni está alejado de lo que podría ser una posibilidad real.

Para saber qué convenio es el más beneficioso para vuestra hija, tendríamos que conocer los pormenores concretos de la situación personal y familiar que va a surgir cuando la pareja se separe.

En principio, si la distancia entre los domicilios no es excesiva y permite una estabilidad en los horarios de la menor, si decidís de comun acuerdo la custodia compartida, no tiene porque haber problema alguno.

Los gastos de desplazamiento dependerá de lo que acordeis, pero generalmente están incluidos en la pensión de alimentos, por lo que son a cargo de ésta. Si no se fija alimentos, porque ambos trabajais y teneis unos ingresos más o menos equiparables, cada uno tiene que hacerse cargo de los gastos que le ocasiones la recogida y regreso de la menor, cuestión ésta que también tendréis que regular.

En fin, son muchas las concreciones que habría que hacer, por lo que lo mejor es que acudáis a un abogado de vuestra zona que os pueda aconsejar.

Un saludo,

AR.Abogada, Alicante
www.arabogada.es