Quisiera saber como se debe tributar en el caso de que en una separacion de bienes se reparten las dos viviendas que tienen en regimen de gananciales pero una de ella se valora en 60.000 euros y la otra en 40.000 euros, para compensar, el conyuge que se adjudica la de mayor valor pagara al otro la diferencia en efectivo pero a plazos ( en 10 años). Estaria todo exento de tributacion??? en base a que????
gracias anticipadas por vuestra ayuda.