Primero (y perdona que no sea Iuvema) según la zona en la que te casaste o fijaste tu primer domicilio (Cataluña o Baleares) tienes separación de bienes. Pero si estás es zona de gananciales o similar tenemos que distinguir entre si ya estás casada o no. Si ya estás casada, y el piso lo compraste (y pagaste) antes de casarte el piso es privativo y nadie te lo quitará pues es tuyo desde un principio; en caso contrario, teneís que liquidar ante Notario la sociedad de gananciales y constituís seguidamente el régimen de separación de bienes. Si no te has casado todavía, tu novio y tú tenéis que ir ante Notario y constituir el régimen de separación de bienes otorgando capítulos matrimoniales (en la Notaría te informarán o un abogado). La escritura notarial se inscribirá en el Registro Civil en la partida de matrimonio haciendo público que no os regís por el régimen de gananciales. Así de sencillo. Espero haberte sido de ayuda.
¿como se hace la separación de bienes?. ¿cual es el procedimiento a seguir?. no hay otra forma de poder quedarme el piso sin llegar a ésto?. luvema espero tu respuesta. gracias