Dos años antes de casarme me hice una casa, a mi nombre, y tramitamos una hipoteca a nombre de los dos. A los tres años de casados nos separamos "de hecho", no legalmente, y llevamos en esta situación dos años y medio. Ahora vivo con otra persona, y quiero separarme legalmente de mi mujer. Me gustaría saber en qué medida la casa es un bien ganancial. Gracias.
La casa en principio no es un bien ganancial. Ahora bien, debes decirnos si hay hipoteca/préstamo de por medio. Si tu mujer a trabajado durante estos 5 años y medio y ha aportado dinero a la casa deberías devolverle el dinero que ella ha aportado para pagar ese préstamo, si ha estado haciendo las labores del hogar, también se podría considerar que ha contribuido con su trabajo a la casa.
En cualquier caso la casa es tuya luego sólo habría que discutir lo que le tienes que devolver si es que ella ha contribuido en algo.
En mi mensaje original cito que sí hay hipoteca de por medio, formalizada 2 meses antes de casarnos. Mi mujer habrá trabajado un total de 3 años y el resto del tiempo labores del hogar. Me parece lógico darle la parte que le corresponda de los amortizado. Mi duda es si tiene derecho a pedir una parte del valor de tasación de la casa en la actualidad. Muchas gracias de nuevo.
las aportaciones al pago de cuotas de hipoteca de un bien privativo, obligan a la sociedad de gananciales llegado el momento de la liquidación a reintegrar al no titular de la propiedad sus aportaciones actualizadas según el I.P.C., no al valor de mercado. (esa es la ley)
yo creo que la ley puede tener varias interpretaciones y una de ellas pudiera ser que la parte proporcional que le pudiera corresponder a ella fuera sobre el valor actual de mercado del piso.Por pura lógica, creo que debería ser así.
en mi caso, con una separación de mutuo acuerdo, así ha sido. Y si pedroga actúa de buena fé, confío en que así sea también si hacen la separación de mutuo acuerdo. Si llegan a juicio, yo creo que dependería de como interprete el juez la ley.
Ya aprovechando, y como se que en este tema hay mucha discrepancia, me gustaría que si me lee Alegato, nos diga como está la jurisprudencia en este sentido. Tambien me gustaría ver alguna sentencia en la que se dicte que solo se devuelven las aportaciones realizadas por la "no dueña" del
piso actualizadas con el IPC. Muchas gracias, y saludos, en especial uno para alegato.
En principio creo que puede ser de mutuo acuerdo. Lore, cuando dices que podría corresponderle a ella la parte proporcional sobre el valor actual, te refieres a que se aplica su % (de ella) amortizado al valor actual del bien? Por si acaso me lié, un ejemplo con números concretos: el bien tiene un valor de mercado de 100, la hipoteca es de 60 de los que llevamos amortizados 12 en el matrimonio (antes del matrimonio amortizé apenas 1). En base a esto, qué parte le corresponde a ella? Muchas gracias y un saludo.
No tengo los datos suficientes para calcular cuanto le deberías dar. Pero te voy a explicar como lo puedes hacer. Calcula el % de revalorización de la casa desde formalizasteis la hipoteca hasta la separación de hecho. Después calculas las aportaciones realizadas por tu ex , le aplicas el % de la revalorización, sumas las aportaciones mas la revalorización y eso es lo que tendrías que darle.En mi caso como la hipoteca ya estaba pagada, lo calculamos de la siguiente forma. El pagó sólo durante cinco años la hipoteca y los otros 15 años los pagamos entre los dos, por lo que a él le correpondía integramente un 25 % del valor del piso, y el otro 75% era para los dos. El piso se valoró en 40 millones, por lo que a él le han correspondido 25 millones y a mí 15. Como me he quedado yo con el piso en propiedad, me he vuelto a hipotecar en 25 millones y vuelta a empezar.
Espero haberte servido de ayuda. Un saludo y que
os vayan bien las cosas (a tí y a tu ex.)
Vamos a ver, hemos de diferenciar la hipoteca del titular de la casa.
Es decir, si estuviera nombre de los dos la casa, sí tendría que ser el % del valor actual de la casa.
Pero si está a nombre de uno solo, comprada antes del matrimonio, las aportaciones hechas por la hipoteca se consideran una deuda, y por tanto se debe devolver eso y sólo eso, otra cosa es que por mutuo acuerdo se acuerde que sea un tanto por ciento, pero en caso de llegar a juicio los jueces no suelen hacerlo así.