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Separación ante notario

3 Comentarios
 
Separación ante notario
26/04/2004 11:52
Para ahorrar dinero, mi marido me dice propone, que en lugar de separarnos “legalmente”, hagamos una separacion de bienes y que todo lo que se refiere al hijo en común que tenemos, lo podemos hacer entre nosotros, de mutuo acuerdo (sin documentos que prueben nada) que “ya somos mayorcitos” y que cumpliremos todo

Como yo “no me fío”, me dice que se podría redactar el documento ante notario para que sea legal y que a fin de cuentas es lo mismo.

Me dice que no le importa la pensión, ni la casa, ni nada, pero que quiere que en la separacion exista una cláusula que diga que si yo tengo algín rollo o relacion con otro hombre, la patria potestad y la custodia del niño pasa a él automaticamente.....

¿Es normal eso?.
27/04/2004 12:40
Hola Luisa,

no soy abogada y a nivel legal no puedo asesorarte pero soy psicóloga con experiencia en atención a mujeres y he visto tu mensaje. Te recomiendo
que no firmes nunca un pacto como este, ya que el hecho que tu puedas tener relaciones con otros hombres no tiene nada que ver con la custodia de tus hijos y tu tienes plena libertad de reconstruir tu vida con quien quieras. Firmar algo así es hipotecar
tu vida sin necesidad de hacerlo. Conozco casos de divorcio en los que la mujer se ha separado porque se ha enamorado de otro hombre y ha mantenido la custodia del hijo.

Si lo firmases, como es un pacto ante notario, tu misma accedes voluntariamente a unas condiciones que luego pueden limitar tu vida. Supongo que por este motivo te pide él que lo hagas ante notario y
no siguiendo el proceso de regulación de separación de mutuo acuerdo.

Espero que un abogado pueda darte la versión "jurídica".

Un saludo y ánimos.

Helga.
27/04/2004 13:59
Desde el punto de vista jurídico dicho pacto carece de eficacia jurídica alguna por dos motivos: 1º.- la atribución de la custodia de los hijos, el establecimiento de un régimen de visitas, el acuerdo sobre los alimentos de los menores y la atribución del uso de la vivienda familiar son materias que únicamente pueden tener eficacia práctica si son pactadas mediante lo que se denomina un convenio regulador siempre que el mismo se ratifique judicialmente por sus autores en procedimiento judicial apto para ello y, además de todo lo anterior, el juez, previo tralado al fiscal decida homologar tales pactos por medio de la oportuna sentencia de separación. Si no se siguen estos trámites judiciales, lo acordado de forma privada o ante Notario entre los cónyuges no tiene eficacia ejecutiva alguna y únicamente podría servir de prueba en un hipotético proceso matrimonial que posteriormente pudiera plantearse por la vía contenciosa. b) La cláusula de supeditación de la custodia a no tener relaciones distintas de las del matrimonio es nula de pleno derecho por atentar al principio o derecho fundamental de libertad de las personas, todo ello, como bien señala Helga, dejando aparte que la custodia de los hijos y la libertad personal son términos no supeditables y de los cuales ninguna vinculación cabe extraer.

Por otra parte, Luisa, ten cuidado con lo que firmes en un notario en referencia al régimen económico matrimonial y la posible liquidación, adjudicación y reparto de los bienes gananciales, dado que dichos pactos (como también el relativo a la pensión compesatoria) sin vinculan a las partes y a ellos habrá que estar en el caso hipotético de un proceso posterior.

Mi consejo es que tramites la separación y la liquidación de los bienes gananciales por vía judicial y respecto a sus costes siempre será posible negociar los mismos con el letrado que se haga cargo del asunto.

Un saludo.
27/04/2004 14:21
Gracias. Pero me encuentro muy mal. El dice que sin mí no podrá vivir. Es minusválidos y está utilizando que ya con otra relación anterior que terminó quiso suicidarse. No sé qué hacer. Me siento muy mal.