Queremos separarnos de forma amistosa. Por circunstancias esta separación es muy injusta para mí que he trabajado toda la vida y en este momento debido a un traslado de mi marido me he uedado sin trabajo, en una ciudad nueva y sola. Mi marido me dice que no me separe, que sigamos así para que yo no pierda ningún derecho futuro, como su pensión de viudedad si el muriera, porque yo de momento me quedo a falta de 3 años de cotización para el día de mañana tener mi pensión. A mi ésto me crea inseguridad. He estado en un abogado pero no me aclara mucho sobre lo que yo planteo. Y planteo lo siguiente. Redactar en abogado un convenio regulador que firmariamos los dos ante notario, sin elevarlo al juez en el que se definiría la pensión que hemos acordado loos dos. ¿qué validez tendría esto si en un futuro él me la deja de pasar?. Otra pregunta, yo me voy a ir de la ciudad actual a otra, hemos vendido la casa. Yo querría, la próxima comprarla solo a mi nombre y dejarle a él un apartamento que tenemos y él está de acuerdo, pero me han dicho que lo caro en estos casos es la disolución de los gananciales. ¿Cómo podríamos hacer la división de lo que tenemos y qeu cada cosa perteneciera a uno solo, ya que estamos de acuerdo, sin tener que pagar nada por eso? ¿Que es lo que cuesta de una disolución de gananciales?
Hola Lucisa! Si has decidido separarte, primero cogete un abogado, . Luego, buscate un trabajo para cotizar esos años que te faltan, y realmente no es tan urgente esta consulta, pues si es de mutuo acuerdo lo podreis resolver de "buen rollo" pues todos los problemas que planteas son monetarios, no se si teneis hijos y si habeis decidido, pero si os poneis deacuerdo en lo segundo, lo primero es superficial. un saludo
No sé si sabes de leyes helloween, pero no me has ayudado en nada. Tengo hijos mayores, uno independiente y dos conmigo. Eso está solucionado. Lo que yo no sé es si solo hago ese arreglo ante notario y después tengo problemas pasado el tiempo si valdrá de algo el convenio ante notario en lugar de ante el juez. Y sí tengo urgencia porque yo ahora voy a comprar una casa y estamos de momento en gananciales. Quiero orientarme sobre la disolución de gananciales. Es que es muy largo.
Hola lucisa. si t aptc leer esta pagina, quizas encuentres respuesta a una de tus preguntas.
http://members.tripod.com/~escribano/conyu-disolucion.htm
espero t sea de ayuda para lo que deseas
Hola Lucisa:
La sociedad de gananciales solo se puede disolver por lo motivos tasados en el art. 1392 y 1393 del C.Civil, si no te puedes hacer con un C.Civil me lo dices y te los trascribo, uno de los motivos en el art. 1393 es llevar separado de hecho más de un año por acuerdo mutuo o por abandono del hogar.
Si te es urgente lo mejor es que presentes una demanda de separación Art. 1392 3º Cuando se decrete judicialmente la separación de los conyuges. Siendo de mutuo acuerdo no se llega a tardar el año que se precisa para la separación de hecho.
Para disolver la sociedad de gananciales tienes que presentar la demanda de separación, porque para liquidara el regimen económico se presenta ante el Juzgado de Primera instancia donde se haya conocido o se este conociendo de la separación o divorcio.
Una vez presentada la demanda de separación cualquiera de los conyuges puede solicitar la formación de inventario.
Se cita a los conyuges y si es de mutuo acuerdo se da por concluido el acta. La sentencia resuelve todas las cuestiones suscitadas.
Si la separación es de mutuo acuerdo podeis llevar el mismo abogado y procurador con lo que te beneficias economicamente del gasto.
Por lo concerniente a la pensión de viudedad tienes derecho a ella en proporción a los años que has tenido de matrimonio, o sea que no pierdes todos lo derechos.
Espero haberte ayudado.
Saludos
Gracias a todos, pero no me contestais a lo que yo planteo, mi marido dice que una vez que el abogado me de el convenio regulador, lo firmemos los dos ante un NOTARIO no ante un juez, por no hacerlo público y yo pregunto, eso que validez tiene si luego el me deja de pasar la pensión
Si te deja de pasar una pensión que ha reconocido ante un Notario, está incumpliendo una obligación, y tendrías que reclamarla por la via civil por incumplimiento de contrato.
Pero para disolver la sociedad de gananciales necesitas hacerlo ante el Juez, por tanto no tiene mucho sentido firmar un convenio regulador ante un Notario para acabar en el Juzgado para disolver la sociedad de gananciales