Buenos días a todos y gracias por vuestra colaboración. Expongo a continuación el caso que me atañe:
Me planteo comprarme una casa aislada en solar de 1000 m2. Esta casa en su día no pidió licencia de obra, por lo que es ilegal. No obstante, consta en el catastro desde hace mucho tiempo (año 1985) y, dado que pertenece a suelo urbano, y si no he entendido mal, se podría legalizar con relativa facilidad. El problema es el siguiente: la casa no cumple con la separación mínima a lindes. La casa está casi pegada al fondo del solar; al ser un solar en pendiente, la parte trasera de la casa está, como si dijéramos, enterrada, de forma que aunque no cumple a lindes, no sobresale. Por lo que he leído, y si no lo he entendido mal, esta casa estaría 'fuera de ordenanza', ¿qué implica esto exactamente? ¿Algo así como que no me la tirarían, pero tampoco podría realizar ampliaciones o reformas en ella a menos que subsanara este error insubsanable? ¿me la pueden tirar igualmente? ¿Saben si aun cuando está fuera de ordenanza se puede registrar en el registro de la propiedad para que el banco me la incluya en la hipoteca? Dado que la casa es muy vieja y pequeña, me gustaría en un futuro tirarla y hacerme una nueva (por supuesto cumpliendo las ordenanzas xD) ¿tendría problemas por estar el solar fuera de ordenanzas? ¿Podría mantener la casa vieja al menos mientras me construyo la nueva? Muchísimas gracias por vuestra inestimable ayuda.
Solicitele a la persona que le vende, que aporte un certificado emitido por el Ayuntamiento de prescripción de ilegalidad urbanística y aporta ese certificado en la notaría.
* Repito lo comentado en mensaje anterior: Tienes que argumentar, en base al planeamiento urbanístico del municipio, que se trata de obras de acondicionamiento o, como máximo, de reestructuración parcial la vivienda. Así, se entiende que es una obra en el edificio que no requiere el cumplimiento de las ordenanzas urbanísticas y edificatorias. Tienes que defender que estás realizando obras de rehabilitación, justificándolo normativamente y todo eso. Como digo, habría que analizar el Plan o Normas Urbanísticas del municipio en cuestión y ver lo que pone al efecto.
* Si quieres registrarla, muy seguramente te exigan Proyecto de Legalización aprobado por el Ayuntamiento. Pregunta en el Registro de la Propiedad para ver qué puedes hacer.
* Podrías tirar y construir lo que quisieras, siempre que el proyecto de edificación cumpla la ordenanza de suelo urbano que te corresponda. Esto se tramita ante el Ayuntamiento ya que debes presentar el proyecto, solicitar la licencia y obtener la misma. El solar ya cumpliría ordenanzas, así que no habría problema alguna.
* Lo de mantener la casa vieja mientras construyes la nueva, muy complicado. Habría que ver las características particulares del solar para ver de qué forma podrías cumplir la ordenanza, pero aparantemente, y sin prejuzgar jurídicamente el caso, no lo veo posible.