Saludos:
Por casualidad cayó en mis manos un ejemplar de la revista de la OCU (DINERO Y DERECHOS) del mes de Julio donde hay un articulo sobre el robo i/o perdida de tarjetas y libretas bancarias y su uso fraudulento después del robo.
La sentencia del TS de 16 de diciembre del 2009 considera clausula abusiva de los contratos bancarios , la que permitía a los bancos eximirse de cualquier responsabilidad por los gastos hechos antes de la denuncia, incluyendose los casos en los que se hubiera empleado el PIN.
El articulo finaliza recomendando que si has sido perjudicado por esta claúsula en el pasado , puede ahora pedir que le resarzan, citando dicha sentencia.
Comento mi caso: A mi hermana le forzaron el vehículo robandole la libreta bancaria y consiguieron en cuestión de un par de horas sacar del cajero automático 600 euros, se puso denuncia en la Guardia Civil y reclamó en LA CAIXA al dia siguiente sin conseguir nada ya que no se hacían cargo del robo i/o extracción,esto sudedió hace 13 AÑOS.
Evidentemente, mi pregunta es: Puedo segun la sentencia reclamar actualmente algo?
Agradecería una respuesta.Muchas gracias.