Hola. Tanto las personas a las que se denegaron el subsidio de mayores de 55 años por superar los ingresos de la unidad familiar como aquellas personas que no lo reclamaron porque les dijeron que no tenían derecho por dicho motivo, deben acudir a las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal ( antiguo INEM) a formular una nueva solicitud y en caso de denegación, recurrirla mediante reclamación previa y en su caso posterior demanda ante el juzgado de lo social. No se tienen derechos retroactivos. Es decir, cobrarán desde la fecha de la nueva solicitud. Saludos.
Como actuar y cuando ante la sentencia del TC anulando la reforma del PP que computavan los ingrasos de la unidad familiar para los subsidios a los parados mayores de 55 años.